La enmienda constitucional o cambio de un artículo que propone la gestión giojista podría convertirse en la primera de la historia de la provincia. Pasa que las constituciones anteriores no permitían este tipo de procedimiento y las viejas reformas fueron integrales, es decir de la mayoría o todo el articulado.

Según los libros de historia, San Juan ha tenido en toda su historia cinco constituciones. La primera fue la que impulsó el gobierno de Salvador María del Carril en 1825, que se llamó Carta de Mayo. Fue una declaración de derechos, libertades personales e igualdades de los ciudadanos que generó fuertes debates y que terminó con el texto incinerado a manos de los opositores.

Después siguieron las de 1856, 1878 y 1927. En todos los casos el texto se reformó en forma integral para darle paso a un compendio actualizado que intentaba adecuarse a los cambios sociales. No existía un mecanismo resumido para modificar un solo artículo y la única vía era hacerlo a través de un sistema complejo que incluía la elección de convencionales constituyentes, como si se tratara de una modificación total.

La Constitución actual, sancionada en 1986, bajo el gobierno de Leopoldo Bravo y a tres años después del retorno de la democracia, impuso una novedad para las posibilidades de reforma. Del debate que se dio en el recinto legislativo surge que los convencionales entendieron que la letra constitucional podía necesitar de cambios parciales para adecuarla a necesidades futuras y que el antiguo procedimiento era demasiado engorroso para esos casos.

Finalmente, los convencionales tomaron como base modelos reformistas de otros países y crearon la figura de la llamada enmienda. No es más ni menos que un sistema mucho más directo y que se puede llevar adelante sin la necesidad de tener que hacerlo a través de una Asamblea Constituyente. El procedimiento dice que se puede modificar un artículo por una ley de la Cámara de Diputados que debe ratificada en una consulta popular. Es decir, la gente tiene que ir a votar a favor o en contra de la modificación propuesta.

Algunos convencionales eran partidarios de que se pudieran modificar hasta tres artículos. Pero la idea no prosperó. Por el contrario, se fijó el límite de que las enmiendas se pueden hacer sólo cada dos años.

Así, porque antes no existía la posibilidad, la enmienda giojista podría ser la primera en San Juan. El primer escollo para que lo sea es la Legislatura y el camino parece estar allanado, porque el oficialismo tiene amplia mayoría y es un hecho que los diputados le darán el visto bueno.