1- Las elecciones internas o primarias serán abiertas, simultáneas y obligatorias tanto para los electores sanjuaninos como así también para los partidos políticos, aun cuando haya consenso y puedan tener una lista única.

2- Para presentar una lista, los partidos o frentes electores deberán tener los avales equivalentes al 5 por ciento del padrón de afiliados, debiendo incluir proporcionalmente el respaldo de al menos 10 departamentos.

3- La campaña electoral para las internas o primarias se iniciará 30 días antes de la fecha de la convocatoria a comicios y finalizará 48 horas antes del acto. Los transgresores recibirán las sanciones previstas en el Código Electoral.

4- En caso de producirse vacantes por fallecimiento, incapacidad o renuncia de cualquiera de los candidatos elegidos en las primarias, la agrupación política deberá reemplazarlo en el término de 5 días.

5- En las elecciones municipales, podrán presentar candidatos a intendente y concejales los partidos que forman parte de una alianza o frente electoral, adhiriendo a una lista de gobernador. Pero no habrá más de una lista en cada partido.

6- El proyecto aprobado asegura la autonomía municipal tanto para la convocatoria a las elecciones generales, tal como lo establece la Constitución provincial, como el llamado a primarias. El Tribunal Electoral deberá adecuar la convocatoria.