�En un anteproyecto que ya fue enviado al Poder Ejecutivo se plantea una serie de modificaciones al Código Penal Argentino y una de estas contemplan la ‘pena natural’ en caso de homicidios culposos, o sea sin intención, como sucede en estos incendios trágicos, comentó un juez del fuero local. En el párrafo a) del inciso 2 del artículo 19 de ese anteproyecto, bajo el título “Exención y reducción de la pena’, se habla de la ‘Pena natural en hechos culposos’ y señala que el juez podrá imponer la pena por debajo del mínimo previsto (lo mínimo es 6 meses y lo máximo 5 años), o incluso prescindir de esta en varios casos, entre ellos ‘los hechos cometidos por imprudencia o negligencia, cuando las consecuencias hubieren afectado gravemente al autor o partícipe’. Un magistrado explicó que las causas penales en donde los padres son acusados de homicidios culposos por las muertes de sus hijos en incendios o accidentes, bien podrían encajar en estos casos excepcionales de eximición o reducción de penas.
