�La ley de Muerte Digna fue sancionada en 2012 y permite a pacientes y familiares limitar los esfuerzos terapéuticos en los casos de “una enfermedad irreversible, incurable o se encuentre en estadio terminal”. La ley, aprobada por unanimidad el 9 de mayo de 2012 por el Senado no contempla la eutanasia ni el suicidio asistido.
Los pacientes pueden negarse a recibir cirugías y medidas de soporte vital, cuando “sean extraordinarias o desproporcionadas en relación a las perspectivas de mejoría”. La decisión debe ser comunicada por el enfermo al médico y en los casos en que sea incapaz de hacerlo el derecho a la muerte digna puede ser manifestado por sus familiares o responsables legales.
Es clave que las personas dejen en forma escrita su decisión, incluso adjuntas a las historias clínicas.