San Juan, 16 de noviembre.- Néstor Carlos Kirchner será homenajeado en San Juan cuando el jueves la presidenta de la Nación, Cristina Fernández, inaugure la escuela número 1000 construída desde 2003, que llevará el nombre del ex presidente fallecido. La institución se encuentra ubicada a pocas cuadras del Barrio Néstor Kirchner, primer conglomerado habitacional en llevar ese nombre en el país.

Diferentes legislaciones regulan el tiempo que debe pasar desde el fallecimiento de alguien hasta que un lugar, espacio, edificio o institución pública lleve su nombre.

En la provincia de San Juan, la ley 7646, del 2005, dispone especialmente sobre nomenclatura de escuelas. Su artículo 11 dice que “se podrá imponer el nombre de una personalidad eximia, a toda nueva escuela que se cree, o a la unidad educativa que se desprenda de una originaria y que posea autonomía de gestión, mediante ley iniciada por el del Poder Ejecutivo, o por un diputado”.

El diputado por Albardón, Juan Carlos Abarca fue quien inició el trámite legislativo necesario para nominar a la escuela con el nombre del santacruceño. “Iniciamos los trámites la semana pasada. El nombre siempre fue una idea del gobernador, aprovechando la coincidencia de la ubicación próxima de la escuela al barrio Presidente Néstor Kirchner”, informó. “Lo trataremos mañana, en sesión parlamentaria, y se que no habrá problemas, hay consenso, quién puede estar en contra”, se preguntó.

Por persona eximia, la ley destaca en el artículo 10, a las “fallecidas, que han prestado servicios extraordinarios a la Provincia, a la Nación o a la Humanidad o hayan tenido una trayectoria singular en su gestión privada o pública que merezca el recuerdo imperecedero de la ciudadanía sanjuanina”.

El texto de la norma clara que “el proyecto de ley, cuando adquiera estado parlamentario será girado a las comisiones de Peticiones y Poderes y de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica, para ser estudiado y despachado en forma conjunta, debiendo consultar de modo fehaciente a la comunidad educativa respectiva, docentes, padres de alumnos y vecinos para la obtención de consenso, sin perjuicio de solicitar opinión calificada a entidades o personalidades o funcionarios. No se podrá imponer el mismo nombre que ya registre otra escuela”.

Un caso diferente es el de la Capital Federal. La Ley 83 de nomenclatura urbana, sancionada el 15 de octubre de 1998, aparte de méritos, dispone plazos. “En ningún caso deberán designarse calles o lugares públicos con nombres de personas antes de haber transcurrido diez (10) años de su muerte, su desaparición forzada o de haber sucedido los hechos históricos que se trata de honrar”.

La norma agrega que “tampoco se podrán designar con nombres de autoridades nacionales, provinciales o municipales que hayan ejercido su función por actos de fuerza contra el orden constitucional y el sistema democrático”.