Mecanismo. Los juicios por jurados están contemplados en cinco provincias: Buenos Aires, Córdoba, Neuquén, Chaco y Río Negro. En San Juan está contemplado en el nuevo Código Procesal Penal, pero la Corte planteará la suspensión.

La puesta en marcha de los juicios por jurados deberá esperar. Es que, a través de un proyecto de ley, la Corte de Justicia planteará su suspensión, sin una fecha de inicio. El presidente del máximo tribunal, Guillermo De Sanctis, explicó que entre los motivos se encuentran que el procedimiento requiere de mucha capacitación e información para los ciudadanos que integren dicho órgano y que es necesaria otra norma que termine de reglamentar los principales lineamientos que regulan el mecanismo. Además, destacó que todos los cañones estarán centrados en poner a rodar y que funcione aceitadamente el sistema acusatorio. De hecho, ya está lista la iniciativa que contempla la implementación del flamante Código Procesal Penal, la que, además de la postergación de los juicios por jurados, establece que entre los delitos que investigarán los fiscales en una primera etapa se encuentran aquellos que cometan funcionarios en el ejercicio de sus tareas y que resulten un perjuicio contra la administración pública.

Este medio ya había adelantado que el cambio que comprende el traspaso de la pesquisa en poder de los jueces a manos de los fiscales (ver recuadro) se iba a instrumentar en toda la provincia, pero de manera paulatina. Así, estaba contemplado que su aplicación comenzara por los delitos graves como homicidios, abusos sexuales y hechos de violencia de género. Y ahora salió a la luz que se sumarán las causas contra el Estado. De Sanctis resaltó que el motivo se debe a que se tratan de causas de trascendencia pública, cuya resolución es importante para la sociedad.

En la ley de implementación del Código Procesal Penal vienen trabajando el fiscal General Eduardo Quattropani y su equipo y los cortistas Adriana García Nieto y De Sanctis. Este último señaló que el proyecto será enviado en la primera quincena de mayo a la Cámara de Diputados para su aprobación. La meta, dijo el titular del máximo tribunal, es que la investigación fiscal empiece a funcionar en el último trimestre del año, a tono con el objetivo del Gobierno. Sucede que hay un compromiso institucional de los tres poderes del Estado para avanzar en la puesta en práctica de la normativa que regula el procedimiento penal. 

Como la mira está puesta justamente en el sistema acusatorio, la Corte planteó la suspensión del inicio de los juicios por jurados en el proyecto de ley de implementación del Código. El procedimiento contempla la integración del tribunal por parte de 12 ciudadanos, que serán seleccionados por sorteo en audiencia pública y luego de pasar etapas de depuración. Los elegidos están obligados a ser parte del tribunal y deben recibir una noción sobre derecho. 

La norma que pondrá en marcha el sistema acusatorio además contiene la creación de cargos, de los cuales se irá echando mano de acuerdo a la cantidad de magistrados que necesite el Poder Judicial para el inicio, lo que aún no está definido. Entre los puestos a crear están 37 para agentes fiscales, 12 para defensores oficiales, cinco de jueces de primera instancia, tres de asesores de menores, dos fiscales de Cámara y dos prosecretarios de Corte, sin contar los de secretarios y administrativos. Tal movida disparará concursos a cargo del Consejo de la Magistratura e internos y externos por parte del Poder Judicial.

Puestos

56 Cargos de secretarios del Ministerio Público de primera instancia serán creados con la ley de implementación.

Flagrancia

En el procedimiento de Flagrancia, el mecanismo de enjuiciamiento exprés para delincuentes atrapados in fraganti, se estrenó la investigación en manos de los fiscales.

La actuación fiscal en el sistema acusatorio

Si hay una denuncia ante la Policía, los efectivos deben informar al fiscal para que asuma la dirección de la investigación e indique las diligencias que se deben realizar. Si es presentada directamente en el Ministerio Público, un agente fiscal debe iniciar la pesquisa con el auxilio de la policía en función judicial. Los agentes del Ministerio Público encaran medidas como allanamientos y escuchas telefónicas para identificar a implicados en un hecho delictivo, pero deben tener el OK del juez, que actuará como control de las garantías constitucionales de los sospechosos.

Una vez ubicado el involucrado, el fiscal realiza la investigación preparatoria, en la que lleva adelante diligencias y medidas y al final puede acusar al imputado o solicitar su sobreseimiento.

Si el imputado va a juicio, con el visto bueno del juez, el agente ejerce la acusación ante un tribunal colegiado o ante un sólo juez.