Laura De Marinis, la jueza porteña que declaró inaplicable para un caso concreto el nuevo Régimen Penal Juvenil y sobreseyó a un adolescente de 14 años acusado de tentativa de robo, rompió el silencio este miércoles y defendió públicamente su decisión. “Someter a un chico de 14 años al sistema penal es estigmatizante”, afirmó al explicar por qué consideró desproporcionada la respuesta penal frente a las circunstancias particulares del expediente.
La magistrada insistió en que su resolución no suspende la nueva ley ni establece que todos los adolescentes menores de 16 años deban quedar fuera del sistema penal. Según explicó, realizó un análisis puntual sobre un joven que estaba fuera de la escuela, atravesaba una situación familiar vulnerable y no había tenido previamente una intervención efectiva de los organismos estatales de protección.
“Esto no es un mensaje de impunidad”
De Marinis sostuvo que el eje de su decisión no estuvo puesto en desconocer el hecho investigado, sino en determinar cuál debía ser la respuesta estatal frente a ese adolescente en particular. El expediente se inició por un intento de robo ocurrido el 10 de septiembre en la Ciudad de Buenos Aires: un hombre de 47 años fue seguido por un grupo de jóvenes, consiguió escapar y pidió auxilio a un policía. No hubo personas heridas ni bienes sustraídos.
La jueza sostuvo que el proceso penal debe funcionar como último recurso y cuestionó que la primera intervención estatal frente a un adolescente en una situación de fuerte vulnerabilidad sea precisamente una causa penal.
“La decisión que tomé fue en el caso concreto”, remarcó durante una entrevista radial. También rechazó que el fallo pueda ser interpretado como una autorización general para que adolescentes de esa edad cometan delitos sin consecuencias y sostuvo que la resolución debe leerse dentro de las características particulares del expediente.
El fallo ordenó además la intervención del Consejo de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, con medidas dirigidas al acompañamiento familiar, la reinserción escolar y otras herramientas de protección. Para De Marinis, esa respuesta resultaba más adecuada en esta etapa que incorporar inmediatamente al joven al sistema penal.
Qué establece la nueva ley penal juvenil
El debate se produce pocas semanas después de la entrada en vigencia de la Ley 27.801, sancionada en febrero y publicada en marzo. La norma reemplazó el régimen anterior y establece que pueden quedar alcanzados por el sistema penal juvenil los adolescentes desde los 14 años hasta antes de cumplir 18, cuando sean imputados por un delito. Entró en vigencia el pasado 5 de septiembre.
El nuevo régimen contempla respuestas diferenciadas para adolescentes y dispone medidas alternativas y complementarias, además de exigir intervención de operadores especializados. Su reglamentación también establece como objetivos la responsabilidad por los actos, la educación, resocialización e integración social del adolescente.
De Marinis sostuvo que no considera inválida toda la ley. Incluso la definió como una herramienta que puede ser utilizada junto con las normas internacionales de protección de los derechos de niños y adolescentes. Su objeción estuvo centrada en aplicar el artículo que fija la edad de punibilidad desde los 14 años a este expediente particular.
La Fiscalía apeló y cuestionó los fundamentos
La decisión está lejos de estar cerrada. La Unidad Fiscal Especializada en Materia Penal Juvenil apeló el fallo y solicitó que sea revocado, que se mantenga la aplicación del nuevo régimen y que otro magistrado continúe interviniendo en la causa.
La Fiscalía formuló seis cuestionamientos centrales. Entre otros puntos, consideró que la resolución no ofrece una fundamentación constitucional suficiente, atribuye un alcance excesivo a determinadas recomendaciones internacionales y mezcla cuestiones relativas a la edad de punibilidad con circunstancias particulares del adolescente investigado.
Ahora será la Cámara la que deberá resolver si confirma el criterio adoptado por De Marinis o si revoca su decisión y permite que la causa continúe bajo las reglas establecidas por la Ley 27.801. La propia magistrada destacó que la apelación es el mecanismo institucional previsto para revisar sus sentencias.
La respuesta a Jorge Macri por el pedido de juicio político
El fallo también generó una fuerte reacción política. El jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri, anunció que impulsará el juicio político contra la jueza y cuestionó públicamente su decisión. De Marinis respondió este miércoles que considera de “extrema gravedad” que se intente avanzar con un jury por los fundamentos de una resolución judicial.
Según su posición, las decisiones de un juez deben discutirse mediante los mecanismos de revisión previstos dentro del Poder Judicial. “Mis decisiones se cuestionan a través de los fallos judiciales”, expresó, y sostuvo que promover un juicio político por el contenido de una sentencia podría afectar la independencia judicial.
También rechazó que su fallo sea relacionado con hechos violentos diferentes al caso concreto que analizó. Remarcó que en este expediente no hubo lesiones ni se consumó la sustracción de bienes y consideró que extrapolar su resolución a otras situaciones distorsiona el alcance de lo decidido.
El caso queda ahora en manos de la Cámara y se convirtió en uno de los primeros grandes debates judiciales sobre la aplicación práctica del nuevo Régimen Penal Juvenil, vigente desde comienzos de septiembre. Mientras la Fiscalía reclama que la norma sea aplicada y el Gobierno porteño cuestiona a la magistrada, De Marinis insiste en que su decisión tuvo un alcance limitado y que no buscó enviar un mensaje general de impunidad, sino resolver la situación concreta de un adolescente de 14 años.