Los 5 cambios clave que plantea la nueva ley de alquileres que tratará el Congreso
El proyecto será tratado en las próximas horas. Macri lo anunciará este viernes junto con otras medidas para el sector inmobiliario.
El proyecto será tratado en las próximas horas. Macri lo anunciará este viernes junto con otras medidas para el sector inmobiliario.
La nueva ley de alquileres que tratará el Congreso y que anunciará este viernes el presidente Mauricio Macri, considera varias modificaciones al actual esquema. Entre los cambios que impulsará está la duración de los contratos que subiría de dos a tres años.
Además, el propietario deberá aceptar como garantía los recibos de sueldos de una persona y la actualización del alquiler deberá ser semestral y de acuerdo a la inflación y el índice de salarios, según informa el sitio de TN.
A continuación, los cinco puntos clave de la normativa:
1- El artículo 5° del proyecto sostiene: "El contrato de locación de inmueble, si carece de plazo expreso y determinado mayor, se considerará celebrado por el plazo mínimo legal de tres años en locaciones destinadas a vivienda y de dos años para cualquier otro destino". Hoy los contratos son a dos años.
2- La garantía. Los propietarios a aceptar alguna de las siguientes variantes: garantía real, aval bancario, seguros de caución, garantía personal con certificado de ingresos (recibos de sueldo) o garantía de fianza.
3- El artículo 12° prevé que para el reajuste semestral se utilizará "un índice conformado con IPC y el coeficiente de variación salarial". De esta forma deberían ajustarse de acuerdo a la evolución de la inflación y del sueldo promedio de los empleados.
4- La nueva norma propuesta implicará que los contratos de alquiler sean registrados ante la AFIP. "Sólo los contratos de locación registrados serán oponibles a terceros, contarán con fecha cierta y podrán ser utilizados como instrumentos válidos para el inicio de acciones judiciales", sostiene el proyecto.
5- El costo de las comisiones a pagar a las inmobiliarias deberá ser afrontado por el propietario, junto con los gastos de certificación de firmas "y cualquier otro en el que incurriere el intermediario a efectos de perfeccionar el contrato", dice la ley.
Fuente: MDZ