La desafortunada frase del Presidente de la Corte de Justicia de San Juan en el discurso que pronunció en el lanzamiento del Sistema de Procesamiento Penal Acusatorio Adversarial, al omitir nombrar a la Defensa como parte fundamental del mismo que terminó de implementarse en la provincia, merece algunos comentarios después de la preocupante situación que vive desde hace muchos años el sistema penal en nuestra provincia.

Entiendo que después de haberse instalado un nuevo sistema, la intelectualidad de los agentes que participan en su funcionamiento no ha podido aceptar el cambio necesario para lograr los beneficios que trae este proceso de tercera generación (como le gusta definirlo un fiscal amigo), siendo uno de los principales, la igualdad de jerarquía procesal entre las instituciones que participan en un proceso penal.

Voy a usar un concepto del Dr. Gonzalo Scivolleto, que en el ámbito de la academia, él como profesor del Doctorado de Filosofía de la UNSJ, me manifestara a mí como alumno, y que entiendo aportaría un poco a la búsqueda del por qué estamos en una “preocupante situación” en el fuero penal sanjuanino ante una ostensible falta de igualdad.

Populismo Punitivo
Él usa como idea conceptual el término “Populismo Punitivo”, y yo lo tomo para describir este pensamiento colectivo instalado en los agentes operadores del sistema sanjuanino, como en este caso en concreto el presidente de la Corte, pero además jueces, fiscales y también defensores, de todos las instancias y rangos funcionales, que tiene como objetivo final una sentencia condenatoria y si es posible con encierro penitenciario, como única respuesta a la demanda de justicia que permanentemente reclama la sociedad y que por este mismo reclamo de justicia, se deja de lado la justicia, para cumplir con la justicia reclamada con el encierro del acusado como único acto de justicia; lo que deja claramente al descubierto que lo que la sociedad reclama no es justicia sino venganza, y lo que la respuesta que brinda el poder judicial a ese reclamo no es justicia sino precisamente la venganza reclamada.

Atentar contra el estado de derecho
Es así como se concreta en la praxis el populismo punitivo, acarreando como consecuencia lógica atentar contra el estado de derecho por incumplir con las garantías constitucionales, que en términos generales (y en este caso en concreto) están contenidas en el debido proceso.

Luigi Ferrajoli sostiene que los derechos fundamentales subjetivos que universalmente le corresponden a todas las personas no existen en ausencia de las garantías constitucionales; sólo existe la posibilidad de proteger eficazmente los derechos fundamentales, si en el ejercicio se observan coherentemente las estipulaciones constitucionales.

La igualdad ante la ley, como garantía constitucional dentro del mandato del debido proceso, no se da indefectiblemente en el fuero penal sanjuanino y esto nos lleva a la “situación preocupante” a la que me refiero en esta opinión.

Principios de contradicción e igualdad
El principal control interorgánico en el proceso penal es la Defensa (ya sea pública o privada), sustentado en los principios de contradicción e igualdad. Los elementos fácticos y probatorios aportados por fiscalía para sostener su acusación deben ser controlados directamente por la defensa del imputado.

Y este control se tiene que dar en todas la etapas. Desde la investigación desformalizada conducida por el Ministerio Público, ya que ciertas diligencias propias requieren autorización judicial para que sean legalmente realizadas y si el Ministerio Público con cumple con estos requisitos legales, será la defensa quien las controle por medio de la impugnación. Hasta en la investigación formalizada vinculada a un proceso en el cual, la tarea del Fiscal también será controlada por la Defensa ejerciendo las instituciones estipuladas en las leyes procesales.

Nuevos principios procesales
El nuevo sistema de enjuiciamiento penal trae nuevos principios procesales entre los cuales encontramos el equilibrio entre Defensa y Acusación, como presupuesto básico, con el claro objetivo de lograr estratégicamente el efectivo ejercicio de control que requiere este sistema advesarial para cumplir con el mandato constitucional del Debido Proceso.

Actualmente no hemos llegado a ese equilibrio (como lo manifestara el Presidente de la Corte con su omisión), y seguimos manteniendo una disparidad de armas entre de un sistema vetusto que pretendemos dejar atrás implementando la adversariedad pero sin haber sido aceptada y aprehendida por los operadores encargados de llevarlo a la práctica.-

Por Marcelo Salinas Weber
Defensor Oficial
Doctorado de Filosofía de la UNSJ