El juez Juan Carlos Peinado resolvió este lunes enviar a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno español, Pedro Sánchez, a juicio ante un jurado popular por los presuntos delitos de tráfico de influencias y malversación de caudales públicos. La decisión también alcanza a su asesora, Cristina Álvarez, aunque en su caso por el presunto delito de malversación.
La resolución, de 67 páginas, fue dictada luego de la audiencia preliminar celebrada el pasado 8 de septiembre. Con esta medida, Peinado da por concluida la etapa de instrucción y remite el expediente a la Audiencia Provincial de Madrid, que deberá continuar con los trámites y establecer la fecha del juicio.
La causa quedó limitada a dos delitos después de que la Audiencia Provincial descartara previamente que Gómez fuera juzgada por corrupción en los negocios y apropiación indebida. El empresario Juan Carlos Barrabés, que también había estado involucrado en la investigación, quedó fuera del procedimiento con jurado.
Qué sostiene el juez Peinado
En su resolución, el magistrado sostiene que existen indicios para llevar a Gómez a juicio por dos bloques de hechos. Uno está relacionado con la creación y desarrollo de una cátedra en la Universidad Complutense de Madrid y sus actuaciones vinculadas con el empresario Juan Carlos Barrabés.
El segundo está relacionado con el software desarrollado en el marco de esa cátedra y con el supuesto uso de una empleada pública destinada en La Moncloa para tareas ajenas a sus funciones institucionales. Según el juez, Cristina Álvarez habría colaborado en esas actuaciones.
Peinado sostiene además en su auto que la condición de esposa del presidente del Gobierno habría tenido relevancia en algunas de las actuaciones investigadas. Se trata de la interpretación del magistrado dentro de la resolución de apertura del juicio y deberá ser discutida durante el proceso.
La Fiscalía pidió la absolución
La decisión de enviar la causa a juicio se tomó pese a que la Fiscalía y las defensas de Gómez y Álvarez solicitaron el sobreseimiento y la absolución. La acusación popular, liderada por Hazte Oír, mantuvo en cambio su pedido de apertura del juicio oral.
Peinado también ordenó averiguar la capacidad económica de Begoña Gómez y solicitó a la Agencia Tributaria sus últimas cinco declaraciones de la renta, en relación con las eventuales responsabilidades económicas que pudieran surgir del proceso. No dispuso medidas cautelares contra las acusadas.
Ahora será la Audiencia Provincial de Madrid la que deberá continuar la tramitación del expediente y preparar el juicio con jurado popular. La apertura del proceso no implica una declaración de culpabilidad: los delitos atribuidos a Gómez y Álvarez deberán ser debatidos y probados en la instancia correspondiente.