La Cámara Federal de Casación Penal avaló este jueves la continuidad del proceso de decomiso de bienes en la causa Vialidad y rechazó los recursos presentados por las defensas de Máximo y Florencia Kirchner y de las empresas Hotesur y Los Sauces para frenar las actuaciones. El objetivo del procedimiento es recuperar $685.000 millones vinculados a la condena por corrupción en la obra pública.
La decisión fue adoptada por unanimidad por la Sala IV del tribunal, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña. Los magistrados consideraron que las impugnaciones no cumplían los requisitos formales necesarios para habilitar la intervención de Casación.
Los hijos de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner no fueron condenados en el juicio por Vialidad. Sin embargo, sus bienes y los de las sociedades involucradas quedaron alcanzados por el proceso patrimonial que busca ejecutar el decomiso dispuesto en la causa.
Por qué la defensa buscaba frenar el decomiso
Los planteos llegaron a Casación después de que el Tribunal Oral Federal N° 2 rechazara, el 14 de septiembre, nuevos pedidos para suspender el procedimiento. La defensa de los hermanos Kirchner, representada por el abogado Luis Joel Goldin, cuestionó que el tribunal postergara el tratamiento de sus solicitudes mientras continúan pendientes de resolución planteos ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
El argumento central fue que avanzar con las medidas patrimoniales antes de que el máximo tribunal se pronuncie podría impedir que una eventual decisión favorable tenga efectos concretos. Además, la defensa sostuvo que el procedimiento afecta garantías constitucionales como el debido proceso, el derecho de defensa y la propiedad.
Goldin también planteó que el decomiso podría proyectar consecuencias económicas sobre personas que no recibieron una condena en el juicio principal.
Sin embargo, los camaristas entendieron que la resolución cuestionada no era una sentencia definitiva ni una decisión equiparable a ella, por lo que no correspondía habilitar la instancia de Casación. También señalaron que el tribunal oral no había rechazado definitivamente los pedidos, sino que había postergado su tratamiento.
Hotesur y Los Sauces, también alcanzadas
Las empresas Hotesur S.A. y Los Sauces S.A. presentaron sus propios recursos mediante Sebastián José Sánchez, director titular de ambas sociedades, con el patrocinio del mismo abogado.
Entre sus argumentos, cuestionaron el mantenimiento de embargos sobre 13 inmuebles y sostuvieron que las restricciones sobre sus activos más valiosos afectan el funcionamiento comercial de las firmas. También remarcaron que las sociedades tienen personalidad jurídica y patrimonio propios, diferenciados de los bienes de sus accionistas.
La presentación reclamó que las empresas puedan defenderse antes de que se avance sobre sus propiedades. No obstante, Casación consideró que el tribunal oral había diferido su intervención hasta que se tramite formalmente el pedido de decomiso presentado por el Ministerio Público Fiscal.
Los jueces señalaron que esa postergación no impide que las sociedades presenten sus argumentos cuando llegue el momento procesal correspondiente.
Qué resolvió la Cámara de Casación
En su voto, Gustavo Hornos sostuvo que la resolución impugnada no ponía fin al proceso, no extinguía la pena ni impedía que continuaran las actuaciones judiciales. Por ese motivo, entendió que no se cumplían las condiciones previstas en el artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación para habilitar el recurso.
El tribunal también recordó que los embargos tienen carácter preventivo: no modifican la titularidad registral de los inmuebles ni determinan por sí mismos el destino definitivo de los bienes afectados.
Además, los camaristas indicaron que la existencia de una queja pendiente ante la Corte Suprema no suspende la facultad del tribunal oral para adoptar medidas cautelares y realizar actos preparatorios destinados a garantizar la ejecución del decomiso.
Por su parte, Mariano Borinsky adhirió al rechazo y recordó que la Sala IV ya había convalidado los criterios para desarrollar el procedimiento de ejecución patrimonial. En ese marco, se había delegado en el Ministerio Público Fiscal la identificación de los bienes alcanzados y la propuesta de medidas necesarias para cumplir con la sanción económica.
Diego Barroetaveña coincidió con sus colegas y completó la unanimidad del fallo. De esta manera, el proceso de decomiso continuará mientras siguen pendientes las discusiones judiciales planteadas por las defensas.