Según la resolución Inase N° 205/17- el vencimiento de las inscripciones en el Registro Nacional de comercio y Fiscalización de Semillas (en adelante, Rncyfs) operara el día 31/03/2018. Para mantener la vigencia deberán abonar la anualidad dentro del mes de vencimiento, teniendo como plazo máximo para regularizar la vigencia hasta 31/05/2018, caso contrario caducara automáticamente, debiendo abonar el arancel de inscripción. Para la renovación anual de la vigencia en el RNCyFS deberá "abonar el arancel correspondiente a la/s categoría/s (A: $12.793,5 - B: $12.798,0 - C:$6.448,5 - E:$4.909,5 - F: $1.156,5 - G: $1.156,5 - H:$6.448,5 - I: $$2.403,0) en las cuales esté inscripto y/o declarar, por medio de la declaración jurada la producción anual de viveros (si están en las categorías J/K/L), debiendo cumplir con la clasificación de alta o baja producción prevista en la Resolución Inase N° 42/00 que se detalla debajo, debiendo indicar asimismo las especies a las que se dedica. Viveros de Baja Producción: incluye aquellos viveros cuya producción anual sea la siguiente: Forestales, hasta 250.000 plantas; ajo, hasta 5 hectáreas; otras especies (vid, cítricos, frutales, olivo, ornamentales, etc.) hasta 10.000 plantas terminadas o 30.000 porta injertos. Viveros de Alta Producción: incluye aquellos viveros cuya producción anual sea la siguiente: Forestales, más de 250.000 plantas; ajo, más de 5 hectáreas; otras especies (vid, cítricos, frutales, olivo, ornamentales, etc.) más de 10.000 plantas terminadas o 30.000 porta injertos.