La Secretaría de Salud de Argentina incluyó los tratamientos hormonales para el cambio de género dentro del Programa Médico Obligatorio, que regula las "prestaciones básicas esenciales" que los agentes sanitarios deben proporcionar, a través de una resolución publicada ayer en el Boletín Oficial.

El texto incluye una lista de siete fármacos que tendrán una cobertura del 100% para "los pacientes bajo tratamientos hormonales integrales que tienen por finalidad cambiar los caracteres secundarios que responden al sexo gonadal, para adecuación de la imagen al género autopercibido".

"Los servicios de salud, tanto del sistema público como de los sistemas privado y de seguridad social, deben incorporarlos (los medicamentos) a sus coberturas", recoge el texto. La resolución, firmada por el secretario de Salud Adolfo Rubinstein, pretende garantizar "el acceso a los tratamientos hormonales integrales como parte del derecho al libre desarrollo personal". "Las enunciadas prestaciones no constituyen un procedimiento estético sino que se enmarcan en el acceso efectivo al derecho a la salud, es decir, en el proceso de constitución corporal e identitario", agregó la resolución.

Asimismo resalta el respeto por la identidad de género, que define como "la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento".