La Cámara de Senadores convirtió en ley un proyecto que crea el Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes, que permitirá que los monotributistas no deban afrontar ninguna deuda acumulada por la diferencia resultante entre lo que pagaron entre enero y junio y los nuevos valores establecidos por la ley 27.618.

En el mismo debate, el Senado sancionó de manera definitiva un expediente que reforma los Impuestos a las Ganancias y Bienes Personales con el fin de fomentar el ahorro en pesos destinado a ampliar las exenciones en los mencionados impuestos para los activos de inversiones financieras en moneda nacional. Ambos proyectos fueron aprobados por unanimidad y convertidos en ley.

La norma elimina el retroactivo con lo cual los monotributistas no deberán afrontar ninguna deuda acumulada por la diferencia resultante entre lo que pagaron entre enero y junio y los nuevos valores establecidos por la ley 27.618. Así se resolvió dar marcha atrás con la categorización aplicada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a monotributistas, que les generó deudas impositivas por hasta $25.000.

Además, la norma incluye un esquema progresivo de actualización de escalas que duplica el incremento en las categorías más bajas al 77%, cuando el incremento previsto para este año es del 35 por ciento.

A su vez, el Senado aprobó y convirtió en ley, tras un extenso debate de más de cinco horas, el nuevo marco de la producción de biocombustibles que reemplaza al que funciona desde hace quince años y que propone un corte del 5% para el gasoil y el biodiesel y del 12% entre naftas y bioetanol.

La iniciativa fue aprobada pasada la una y media de la mañana de ayer y luego de sancionar un proyecto que crea el Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes que permitirá que los monotributistas no deban afrontar deudas acumuladas.

El proyecto sobre Biocombustibles propone que, en el caso del combustible elaborado a base de caña de azúcar, los volúmenes deberán ser del 6% de la mezcla mínima obligatoria, mismo porcentaje para el bioetanol a base de maíz.