La procuradora fiscal Laura Monti opinó que las demandas de las provincias contra las recientes medidas económicas sobre los impuestos a las Ganancias y al Valor Agregado (IVA) deben ser tramitadas directamente por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

El caso que trascendió es el vinculado a la demanda de Santiago de Estero, pero fuentes de la Procuración General de la Nación (PGN) dijeron que hubo "dictámenes similares" en los casos de Entre Ríos, Catamarca, Salta, Tierra del Fuego, La Rioja, Chubut, Santa Fe, San Juan y Santa Cruz.

Días atrás, la PGN se había expedido en similares términos con relación a las presentaciones efectuadas por Neuquén y Río Negro. Las provincias impugnaron, por inconstitucionales, los decretos 561/19 567/19 del Poder Ejecutivo Nacional y las Resoluciones Generales de Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) 4.546 /19 y 4.547/19, y pidieron a la Corte que declarara su nulidad.

Las demandantes sostuvieron que las medidas les causan perjuicios económicos. Solicitaron medidas cautelares. Monti recordó que el Código Civil y el Comercial establece que para entender en el trámite de las "medidas cautelares", es juez competente el mismo que deba tramitar el proceso "principal". Agregó que, "en atención a las partes que han de intervenir en el pleito, la causa corresponde a la competencia originaria de la Corte". La fuente dijo que los expedientes "ya fueron remitidos a la Corte".