La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat), prohibió este jueves, a través del Boletín Oficial, unas galletitas de vainilla con chips de chocolate de la marca Nina Chocochips y un orégano en hojas de la marca Dusen; también un producto odontológico y 158 bombas de infusión.

El organismo ordenó el retiro del mercado de las galletitas Nina Chocochips, luego de que estas supuestamente le causaran un shock anafiláctico a un chico alérgico a los lácteos que las consumió debido a que la rotulación aseguraba que no contenía este tipo de productos. La medida fue comunicada mediante la Disposición 8271/2019, publicada este jueves en el Boletín Oficial.

La anafiláxis es una reacción inmunitaria particularmente grave que compromete el sistema respiratorio y cardiovascular. Cuando pone en riesgo inmediato la vida del afectado se la conoce como shock anafiláctico. La disposición no indicó cuál es la condición actual del chico afectado.

El incidente que catalizó la decisión de la ANMAT fue informado al organismo por la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria. Luego de que una inspección posterior detectara distintas irregularidades en la planta productora, se le dió 48 horas a la compañía para retirar las galletitas del mercado a nivel nacional, lo mismo que todos los otros productos que no tuvieran la rotulación adecuada.

Ante esto, la compañía, cuya planta se encuentra en la localidad bonaerense de Vicente López, indicó que el 34% de los productos ya habían sido adquiridas por clientes y que debía volver a etiquetar casi 10.000 unidades que no cumplían con la necesidad de incluir la declaración de alérgenos: es decir, aquellos productos que pueden causar alergias. Ante ello, la compañía indicó que procederá a adecuar la rotulación a la normativa y la presentará a la Unidad de Coordinación de Alimentos, que depende del ministerio de Agroindustria.

No obstante, finalmente se decidió retirar del mercado todos los productos elaborados por la empresa y le solicitó que se abstenga de continuar comercializando hasta tanto finalice la investigación sobre el incidente.

También, la Anmat prohibió otro producto alimenticio. En la disposición 8273/2019 indicó que el "Orégano en hojas, marca Dusen, Lote: 07/11/18, Fecha de vto.: 30/04/2020, RNPA N° 02-521851" se hallaba en infracción por estar contaminado. "Al presentar en la observación macroscópica una larva viva y en la observación microscópica nematodes vivos y muertos, resultando ser en consecuencia ilegal", indicó la Administración.

Asimismo, se dispuso en otro considerando prohibirse el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de un lote de un producto odontológico, por no contar con los datos del importador responsable en la Argentina. Al parecer, se trata de un cemento de ionómero de vidrio que se utiliza en los tratamientos restauradores y preventivos.

"Prohíbese el uso, la comercialización y distribución en todo el territorio nacional del lote Nº 9360 0086 del producto "MASTER-DENT/GLASS IONOMEER/LUTING CEMENT", contiene "GLASS IONOMER luting cement/TYPE I/REF: 10-400-P/POWDER 15 g/lot 9360 0086/Dentonics, inc./Made in USA" y "GLASS IONOMER luting cement/ TYPE I/REF: 10-400-L/LIQUID 15 ml/lot 9360 0086/Dentonics, inc./Made in USA", se decretó en la disposición 8274/2019.