25 de septiembre de 2026 - 15:34

Revocaron el sobreseimiento del joven de 14 años y apartaron a la jueza Laura De Marinis de la causa

La Cámara hizo lugar a la apelación de la Fiscalía, dejó sin efecto la declaración de inconstitucionalidad del nuevo Régimen Penal Juvenil y ordenó que otro magistrado continúe con la investigación.

La Justicia porteña dio este viernes un giro en la causa que había quedado en el centro del debate por la nueva edad de punibilidad. La Sala III de la Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas revocó el sobreseimiento del adolescente de 14 años acusado de una tentativa de robo en Palermo y apartó del expediente a la jueza Laura Beatriz De Marinis.

La resolución también dejó sin efecto la decisión mediante la cual De Marinis había declarado inconstitucional, exclusivamente para ese caso, el artículo 1° de la Ley 27.801, que desde el 5 de septiembre establece en 14 años la edad mínima de responsabilidad penal juvenil. La investigación deberá continuar ahora bajo las disposiciones del nuevo régimen.

La Cámara cuestionó los fundamentos del fallo

La decisión fue firmada por los camaristas Ignacio Mahiques, Jorge Atilio Franza y Patricia Ana Larocca, quienes hicieron lugar al recurso presentado por el Ministerio Público Fiscal.

Uno de los puntos centrales del fallo es que, según la Cámara, la resolución de primera instancia no explicó de manera suficiente por qué el límite de 14 años establecido por el Congreso resultaba incompatible con la Constitución Nacional o con los tratados internacionales de derechos humanos.

De Marinis había considerado que aplicar el sistema penal al adolescente resultaba regresivo y estigmatizante debido, entre otros factores, a su situación social y familiar. También había tenido en cuenta que el robo quedó en grado de tentativa y que la víctima no sufrió lesiones físicas.

La Cámara sostuvo que esas circunstancias deben ser analizadas durante el proceso, por ejemplo al evaluar la responsabilidad individual, eventuales medidas alternativas o la proporcionalidad de una eventual sanción, pero consideró que no alcanzaban para desplazar la aplicación general de la nueva edad de punibilidad.

Por qué apartaron a Laura De Marinis

El tribunal también aceptó el pedido de la Fiscalía para que De Marinis deje de intervenir en el expediente.

Los camaristas aclararon que apartar a un juez es una medida excepcional y que la simple revocación de una sentencia no resulta suficiente. Sin embargo, consideraron que en este caso la magistrada ya había realizado valoraciones sobre el grado de ejecución del hecho, su relevancia penal y la afectación concreta del bien jurídico, aspectos que deberán volver a analizarse durante la investigación.

Por ese motivo, la causa será remitida a la Oficina de Sorteos y Asignación de Causas para que se designe un nuevo magistrado.

El apartamiento del expediente no equivale a una destitución de De Marinis de su cargo como jueza. Se limita a esta investigación en particular.

El caso que desató la discusión

La causa comenzó el 10 de septiembre, luego de un intento de robo ocurrido en la zona de Godoy Cruz al 2500, en Palermo. Un hombre de 47 años denunció que un grupo de adolescentes intentó quitarle sus pertenencias y la intervención policial permitió detener a varios de los involucrados.

Entre ellos se encontraba M.I.A., de 14 años, quien quedó investigado por tentativa de robo. La Fiscalía también planteó que debía analizarse una eventual agravante por la presunta participación de varias personas.

El 21 de septiembre, De Marinis declaró inconstitucional para ese caso el artículo 1° del nuevo Régimen Penal Juvenil y dispuso su sobreseimiento. Dos días después defendió públicamente su resolución y sostuvo que “someter a un chico de 14 años al sistema penal es estigmatizante”, aunque aclaró que su decisión no implicaba suspender la ley ni constituía un mensaje general de impunidad.

Qué pasa ahora con el adolescente

Con la resolución conocida este viernes, el sobreseimiento quedó revocado y el proceso penal podrá continuar bajo la Ley 27.801.

La Cámara remarcó que esta decisión no implica declarar culpable al adolescente ni anticipa qué medida podría corresponderle. Esas cuestiones deberán resolverse durante las próximas etapas del expediente y bajo las garantías previstas específicamente para el régimen penal juvenil.

En paralelo, De Marinis enfrenta una actuación distinta ante el Consejo de la Magistratura porteño. El ministro de Justicia de la Ciudad, Gabino Tapia, presentó una denuncia para que se investigue su actuación en este expediente. Ese procedimiento disciplinario es independiente de la resolución adoptada por la Cámara.

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