El gobierno Nacional actualizó los montos de facturación anual en función de los que se categorizan e inscriben en el Registro de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPymes).

A través de la resolución 69/2020, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, el Ministerio de Desarrollo Productivo aprobó los límites según las ventas totales anuales, personal ocupado y activos expresados en pesos, que deberán tener las compañías.

Los montos máximos se dividen en cinco categorías, que abarcan Comercio, Industria y Minería, Construcción, Servicios y Agro.

Categorías

-Comercio: una micro empresa es la que factura hasta $36.320.000; pequeña hasta $247.200.000; mediana tramo 1 hasta $1.821.760.000; y mediana tramo 2 hasta $2.602.540.000 de facturación anual.

-Industria y Minería: una micro empresa factura hasta $33.920.000; pequeña es hasta $243.290.000; mediana tramo 1 hasta $1.651.750.000; y mediana tramo 2 hasta $2.540.380.000 de facturación anual.

-Construcción: una micro empresa factura hasta $19.450.000; pequeña es hasta $115.370.000; mediana tramo 1 hasta $643.710.000; y mediana tramo 2 hasta $965.460.000 de facturación anual.

-Servicios: una micro empresa factura hasta $9.900.000 al año; pequeña es hasta $59.70.000; mediana tramo 1 hasta $494.200.000; y mediana tramo 2 hasta $705.790.000 de facturación anual.

-Agropecuario: una micro empresa factura hasta $17.260.000 al año, pequeña es hasta $71.960.000; mediana tramo 1 hasta $426.720.000; y mediana tramo 2 hasta $676.810.000 de facturación anual.

Las empresas que se ubiquen dentro de estos nuevos parámetros podrán acceder a los beneficios que brinda la Ley Pyme, como medidas de alivio en materia administrativa y fiscal, estímulos financieros y acceso a mejores créditos y fomento de inversiones.

La inscripción se realiza a través de Internet, en el Registro Pyme de la AFIP.

Conforme a la resolución, los límites por cada categoría son:

-Construcción: micro empresas hasta 12 empleados; pequeña hasta 45; mediana tramo 1 hasta 200 y mediana tramo dos hasta 590.

-Servicios: micro hasta 7 personas; pequeñas hasta 30; medianas tramo 1 hasta 165 y medianas tramo 2 hasta 535.

-Comercio: micro hasta 7 personas; pequeñas empresas hasta 35; mediana tramo 1 hasta 125; y mediana tramo 1 hasta 345.

-Industria y Minería: micro hasta 15 personas; pequeñas empresas hasta 60; medianas tramo 1 hasta 235 y medianas tramo 2 hasta 655.

-Agropecuario: micro hasta 5 personas; pequeñas hasta 10; medianas tramo 1 hasta 50 y medianas tramo 2 hasta 215.