Para los jueces Diego Manuel Sanz, Matías Parrón y Eugenio Barbera, no hubo dudas: un metalúrgico de 42 años atacó sexualmente a su sobrina entre los 8 y los 15 años, y por eso lo condenaron a 12 años, cinco menos de lo que pedía Fiscalía. El tribunal le atribuyó los delitos de abuso sexual y corrupción de menores (ambos agravados), los mismos que el fiscal Eduardo Gallastegui (UFI Anivi) consideró acreditados. Tanto Fiscalía como el tribunal entendieron que el acceso carnal existió (una médica aseguró que pudo existir ‘coito vestibular’), a pesar que la niña no presentaba las lesiones. Otra prueba que para Fiscalía daba crédito a esas agresiones fue el relato de la menor, calificado como altamente creíble por psicólogos.


