Sin control. El camionero zigzagueaba y después de chocar al auto donde estaban un hombre y su pequeño hijo de 3 años, terminó contra un árbol.

Un agravante inédito en la provincia le imputaron a un camionero que chocó a un auto y provocó la muerte de un nene, el 14 de julio último en 25 de Mayo. Es la culpa temeraria o grave, pues se consideró que se representó el peligro de su maniobra al volante pero confió en poder evitarlo, dijeron fuentes judiciales. 

Carlos Muñoz (62) está acusado por el homicidio culposo de Deivid Díaz (3), delito al que el juez provisorio Juan Pablo Ortega le aplicó tres agravantes: la conducción imprudente, el elevado nivel de alcohol en sangre y la culpa temeraria o grave.

Ortega, provisoriamente a cargo del Quinto Juzgado Correccional en el receso invernal, le negó además la excarcelación Muñoz y lo envió al Penal de Chimbas. Así, adhirió al planteo del fiscal correccional Juan Manuel Gálvez, precisaron.

Si avanza la investigación y se sostiene la misma calificación contra el imputado, la eventual condena será de entre 3 y 6 años de prisión.

Cerca de las 20 de aquel día, Muñoz guiaba un camión de la Municipalidad de 25 de Mayo por la Ruta 279, en La Chimbera, en dirección al Oeste. Al pasar la calle 24, comenzó a zigzaguear, se salió de la calzada y se fue de lleno contra un Fiat Siena que estaba estacionado a un costado de la calle. En el interior de ese auto estaban Jorge Díaz (50) y su hijo Deivid, quien sufrió graves lesiones y perdió la vida cuando intentaban auxiliarlo.

El camionero, además de no tener el carnet de conducir, manejaba alcoholizado. El dosaje realizado cinco horas después del siniestro arrojó que tenía 1,39 gramos de alcohol por litro de sangre. Es por eso que se estima que la cantidad que tenía al momento del choque pudo superar los 2 gramos por litro, es decir mucho más de lo permitido para choferes, que es 0 gramos.

"Es un dolor inmenso para todos nosotros. Queremos justicia, no nos vamos a quedar de brazos cruzados", había dicho una hermana de la víctima luego de la desgracia. Deivid y su padre esperaban en el auto a un tío del pequeño que se había bajado para dejar a sus hijos en la casa de su expareja. Luego iban a volver a su casa en Tupelí, pero se adelantó lo peor. El nene era el sexto de 7 hermanos.

Qué es la culpa temeraria

Se incorporó al Código Penal (reformado por la ley 27.347 en 2017) como agravante de la pena en los delitos culposos (o cometidos sin intención) y se aplica en casos de homicidios y lesiones. Según el destacado jurista Jorge Eduardo Buompadre, dicha calificación es una grave infracción a las normas de cuidado, un evidente incumplimiento de los más elementales deberes de prudencia en la conducción de un automotor.

En el caso del camionero, se entendió que obró sin acatar los "deberes de cuidado". Achacándole el agravante de la culpa temeraria, el juez consideró que al acusado se le representó la peligrosidad de su maniobra, pero confiaba en que podía evitarlo, en que no sucedería, en que su pericia al volante le permitiría reaccionar.