Una mujer que hablaba de depresión, ansiedad y supuestos métodos para curar enfermedades vinculadas con la salud mental en sus redes sociales fue denunciada por ejercer ilegalmente la Psicología en San Juan. Aunque había realizado un curso de Psicología Social en Córdoba, no contaba con un título universitario habilitante ni estaba autorizada para ejercer la profesión en la provincia. Ahora deberá pagar $100.000 y realizar trabajos comunitarios para evitar llegar a juicio.
La protagonista del caso es Carina Alejandra Vergara, quien fue denunciada el 13 de noviembre de 2025 por Melisa Rodríguez, que en ese momento presidía el Colegio de Psicólogos de San Juan.
Según la denuncia, Vergara se presentaba en redes sociales como psicóloga social y publicaba videos en los que abordaba cuestiones relacionadas con la Psicología, la Psiquiatría y la salud mental. Entre los temas que trataba estaban la depresión y la ansiedad. Incluso difundía una supuesta metodología de «programación del cerebro» que, según sus publicaciones, estaba orientada a curar la depresión.
La investigación determinó que la mujer había realizado un curso de Psicología Social en la Fundación Casa Cuna, de Córdoba, donde obtuvo un certificado de aprobación. También recibió una matrícula de carácter interno otorgada por esa institución, pero esa documentación no la habilitaba para ejercer como profesional de la Psicología en San Juan.
La denuncia y el acuerdo judicial
Por tratarse de un hecho ocurrido en San José de Jáchal, la investigación quedó en manos de la Unidad Fiscal del Norte, con intervención del fiscal Gastón Mateo Salvio y la ayudante fiscal Ana Laura López.
El pasado 2 de noviembre, Vergara llegó a un acuerdo de suspensión del juicio a prueba por el plazo de un año. Entre las condiciones que deberá cumplir figura el pago de $100.000 en concepto de reparación simbólica, dividido en dos cuotas de $50.000. El dinero será destinado a la institución que determine la Oficina Judicial Multifuero.
Además, tendrá que realizar 40 horas de trabajos comunitarios no remunerados, que deberá completar en un plazo de tres meses.
De esta manera, la mujer consiguió evitar, por el momento, la instancia de juicio oral, aunque deberá cumplir todas las condiciones impuestas durante el período de suspensión.