Intervenida. El personal de la Comisión 26 fue desplazado de sus tareas, pero no de sus cargos. Profesionales de Buenos Aires los están cubriendo.


La hipótesis que maneja la Superintendencia de Riesgos de Trabajo (SRT) es que un grupo de médicos de la Comisión 26 le dictaminaba a trabajadores accidentados, representados por un estudio jurídico, un porcentaje de incapacidad muy superior o reñido con la propia normativa del organismo. Así, la sospecha gira en torno a que los abogados les cobraban a los obreros un porcentaje de la suma que percibirían por la indemnización, ya que supuestamente tenían asegurado un resultado favorable en los trámites porque contaban con un “trato preferencial” por parte de los médicos. La denuncia reveló que tras una auditoría, hubo presuntas irregularidades en 16 expedientes y lo que calculó la entidad nacional con sede en San Juan llegó a una diferencia de hasta 46,9 puntos con respecto al que hizo la Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART). La lupa se posa sobre los médicos, ya que se desliza que podrían haber cobrado parte de los honorarios que los abogados les exigían a los empleados.


En esencia, esa es la presunta maniobra que describe la denuncia que presentaron el 6 de este mes las autoridades de la SRT, a cargo de Gustavo Morón. En la misma no apuntan contra alguien, sino que dejan en manos de la Justicia Federal la tarea de hallar a los responsables. No obstante, y de acuerdo a lo que averiguaron internamente, hacen constar que las anomalías se dieron en los trámites que encaró el estudio Gómez y Asociados, que integran Sergio y Alejandra Gómez, con los médicos Maris Dalinda Alferillo y Alejandro Vázquez a la cabeza.


Frente a las irregularidades, además de la denuncia, la SRT, que depende la Secretaría de Seguridad Social del Ministerio de Trabajo de la Nación, ordenó la intervención de la Comisión 26 por 30 días y separar de sus tareas (no de sus cargos) a los 11 empleados, entre los que se cuentan médicos, psiquiatras, abogados y administrativos. El objetivo es que en ese lapso se establezca si incurrieron o no en responsabilidades administrativas.


La Comisión Médica tiene la misión de resolver el nivel de incapacidad que sufre un trabajador ante un accidente laboral, indemnización que debe pagar la ART, que también suele realizar una evaluación. Profesionales que conocen el sistema afirmaron que el organismo oficial habitualmente dictamina un porcentaje superior, ya que la aseguradora apuesta a desembolsar menos dinero. Pero en este caso, la propia SRT, que controla a las Comisiones Médicas, detectó que en 16 expedientes se determinaron incapacidades no comprendidas en la Ley de Riesgos de Trabajo, que no se contaba con toda la documentación, que los profesionales no se ajustaron a la normativa y que se aplicaron porcentajes mayores a lo que hubiera correspondido. Sobre este último punto, las diferencias con las ART van desde 1,04 puntos a casos extremos (Ver aparte).


El trámite de esos expedientes arrojó que fueron llevados a cabo por los médicos Alferillo y Vázquez (juntos y de manera separada con otros profesionales). En los mismos, actuaron como apoderados los abogados Gómez, según reveló la auditoría. 


La pista salió a la luz por una encuesta que encaró la SRT, en la que una mujer denunció que un uniformado de la Policía Federal, que custodiaba el interior de la entidad, le recomendó el estudio jurídico Gómez y Asociados porque trabajaba con los médicos Vázquez y Alferillo. De hecho, uno de los abogados la contactó y le dijo que podía conseguir un resultado favorable sobre su problemática ya que tenía contacto con los médicos mencionados.
 

Diferencias de Cálculo

ART
8,04 
Según la auditoría interna, los profesionales Maris Alferillo y Alejandro Vázquez debieron adoptar “un temperamento distinto de lo resuelto en el expediente. Lo actuado por el personal médico interviniente no se ajustó a la normativa vigente para la Superintendencia de Riesgos de Trabajo”.

Comisión Médica 26
54,13 

ART
De acuerdo al informe, la lesión del trabajador “no guarda relación con el siniestro descripto”. En la ponderación también intervinieron Vázquez y Alferillo. “Tampoco se contó con la totalidad de los estudios médicos para poder llegar a un dictamen en un sentido u otro”, destaca la auditoría. 

Comisión Médica 26
21,9

ART
8
 En otro caso, el estudio realizado por la Superintendencia de Riesgos de Trabajo indicó que el expediente de otro empleado damnificado “no contó con la totalidad de los estudios médicos necesarios para poder arribar a un dictamen de las características del emitido”.

Comisión Médica 26
23,63