Otros tiempos. José Castro y José Risueño, cuando transitaban el mismo camino en el municipio.

Un nuevo round en la pelea que llevan adelante el concejal José Risueño y el intendente de Angaco, José Castro. Esta vez recayó en la Justicia: el edil le enrostra que favoreció a un empresa de su propiedad al cederle un terreno en comodato y de haber utilizado fondos del municipio para dejarlo en condiciones. En rigor, apunta a presuntos delitos en perjuicio de la administración pública.

La denuncia penal fue presentada este miércoles en la mañana bajo el patrocinio el letrado Marcelo Arancibia. En el texto, explica que el inicio de esta supuesta maniobra comenzó en el año 2014 cuando por ordenanza 2.612/14 el Concejo Deliberante de Angaco aprobó un contrato de comodato con opción de compra celebrado con la firma Don Hilario SRL. Allí, se deja constancia que un inmueble de calle El Bosque, antes de Nacional, en Angaco, Provincia de San Juan, es cedido a esta firma para que lo utilice como "secadero comunitario de frutas y hortalizas". 

Pero no queda ahí -según reza la denuncia-. Ese mismo año, el Concejo Deliberante autoriza al Ejecutivo a realizar las contrataciones y compras directas (en consecuencia, lo excepciona del régimen de compras y contrataciones vigentes) para realizar sobre el inmueble trabajos de nivelación y enripiado del terreno. Y en 2017 expropia ese terreno quedando a manos del municipio pero con la explotación de la firma 


La excusa de José Castro para sostener este beneficio apuntaba a promocionar la actividad de desecación de frutas y hortalizas, pero la única empresa que ha sido beneficiada con el préstamo de uso gratuito de los inmuebles del municipio (habido en comodato o cuya propiedad adquirió por expropiación) fue la empresa Don Hilario.

Lo que hasta ese momento era al menos tendencioso, pasó a agregar un capítulo: Don Hilario SRL es adquirida por los hermanos Alejandro Castro Galdeano, Marcelo Castro Galdeano y José Castro Galdeano el 24 de mayo de 2018. Es decir, los nuevos dueños es el Intendente y su familia. Antes había sido propiedad de los padres,  Hilario Castro Rueda y Julia Nélida Galdeano.

El encuadre penal de la denuncia apunta a posibles negociaciones incompatibles (Art. 265 del C.P., por el cual se reprime al "...funcionario público que, directamente, por persona interpuesta o por acto simulado, se interesare en miras de un beneficio propio o de un tercero, en cualquier contrato u operación en que intervenga en razón de su cargo").

También le suma el de malversación de caudales públicos (Art. 260 C.P., por el cual se reprime "...al funcionario público que diere a los caudales o efectos que administrare una aplicación diferente de aquella a que estuvieren destinados. ...”). Le suma la figura de peculado (Art. 261 C.P., y allí se reprime al "...funcionario público que sustrajere caudales o efectos cuya administración, percepción o custodia le haya sido confiada por razón de su cargo"). El de fraude en perjuicio de la administración pública (