El Gobierno rionegrino reglamentó la ley de regulación de la actividad ladrillera estableciendo mecanismos para poner en marcha el funcionamiento de un Registro Provincial que transparente el negocio, y crea la mesa de negociaciones que deberá estar compuesta por la Secretaría de Minería de Río Negro, los municipios involucrados y de las organizaciones productivas. El Decreto Nº 1781 establece que podrá ser conformada por representantes de todo aquel organismo gubernamental y no gubernamental que acredite pertinencia en los temas a tratar. En este marco, la Secretaría de Minería será la encargada de emitir la constancia de inscripción en el registro, indicando fecha de inicio y término del período de vigencia. El registro del beneficiario tendrá una vigencia de dos años debiendo renovar dentro de los 60 días del vencimiento de la inscripción.

En forma anual, entre marzo y abril de cada año, los empadronados deberán presentar una declaración jurada de datos en formulario, que al efecto suministrará el Registro. Su presentación es obligatoria para acogerse a los beneficios que se dispongan.