ANMAT prohibió la venta de un aceite de oliva
Mediante una Disposición publicada en el Boletín Oficial, estableció la prohibición de venta y comercialización de un aceite.
Mediante una Disposición publicada en el Boletín Oficial, estableció la prohibición de venta y comercialización de un aceite.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), a través de la Disposición 4489/2022, prohibió la venta y comercialización de un aceite de oliva, por descubrir que se trataba un producto ilegal.
Se trata del “Aceite de oliva extra virgen, marca Sr. Oliva, Contenido Neto 500 ml, 1° prensada en frío, Elaborado en Aimogasta, La Rioja RPE 04538919, RNPA 08007216”, que fue descubierta por una inspección.
"Del análisis de la muestra mediante informe de laboratorio de la ASSAL N° 39859 informó que el rótulo del producto investigado no declara nombre y domicilio completo de la razón social, ni fecha de duración e identificación del lote, y realizó en el Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA) las consultas federales N° 7841 a la Dirección General de Control de la Industria Alimentaria de la provincia de Córdoba, la N° 7842 al Instituto de Control de Alimentación y Bromatología (ICAB) de la provincia de Entre Ríos y la N° 7843 a la Dirección de Seguridad Alimentaria de la provincia de La Rioja a fin de verificar si los registros de establecimiento y de producto que se exhiben en el rótulo del producto investigado se encuentran autorizados, a lo que informaron que los registros son inexistentes", se informa en el texto oficial.
"Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República, de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284", se explica en el informe.
La investigación fue extensa y al finalizar la ANMAT dispuso:
"Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto: Aceite de oliva extra virgen, marca Sr. Oliva, 1° prensada en frío, Elaborado en Aimogasta, La Rioja, RPE 04538919, RNPA 08007216, por carecer de autorización de establecimiento y de producto, y estar falsamente rotulado al consignar en su rotulo un número de RPE y RNPA inexistentes, resultando ser un producto en consecuencia ilegal".
La cifra fue informada pasadas las 11 horas de este jueves por el Gobierno.
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