La AFIP demandó a Cristóbal López y a su socio, Fabián De Sousa, y a Ricardo Echegaray por"daños y perjuicios", a raíz de la deuda generada por el fisco al no pagar con Oil Combustibles SA el Impuesto a la Transferencia de los Combustibles (ITC). La deuda generada en el expediente judicial era inicialmente, por $ 8.000 millones pero a la fecha, contabilizando intereses y punitorios y deuda post concursal de la firma, se estima que ya deben al organismo que conduce Leandro Cuccioli unos $ 19.000 millones, pero la demanda se hizo por "monto indeterminado".

Por primera desde su fundación, en 1996, la AFIP presentó una demanda civil por "daños y perjuicios", que en este caso puntual está destinada a que el Estado sea compensado "por las obras que tuvo que dejar de hacer por no haber podido contar con el dinero retenido por las empresas de Cristóbal López".

En un escrito de 50 páginas al que accedió Clarín, el abogado del fisco, el radical Ricardo Gil Lavedra, presentó la demanda ante el juez Julián Ercolini, quien lleva la causa donde se investigó la maniobra a través de la cual López se financió con fondos que debían ir al Estado a través del pago del ITC.

"La presente acción tiene por objeto reclamar la reparación e indemnización de los daños y perjuicios ocasionados a la AFIP", indica el escrito y allí se plantea que los tres acusados "son civilmente responsables por los perjuicios ocasionados al fisco como consecuencia de tales hechos, y cuya reparación integral, incluyendo intereses y costas, se persigue con la promoción de esta acción".

Bajo esta misma línea argumentativa, el organismo recaudador sostuvo que "desde la más alta conducción de la propia AFIP se pergeñó una verdadera maniobra defraudatoria por la cual, durante más de cuatro años, a través de un gran número de irregularidades, se permitió que Oil no ingresara el impuesto sobre los combustibles líquidos como lo preveía la normativa vigente".

A la fecha la AFIP le reclama a Cristóbal López una deuda de $ 19.000 millones. Pero se aclara en la demanda que aún no es posible determinar el monto definitivo del reclamo, dado que el mismo, "se encuentra sujeto no sólo a las sumas que pudieran seguirse devengando por las deudas que acumule Oil con el Fisco", sino por los montos que deban ser deducidos por la "eventual percepción de sumas de la AFIP como acreedora en el concurso preventivo abierto o eventual quiebra y demás acciones que pudieren iniciarse con el fin de obtener el repago de los tributos adeudados".

Al momento de realizar la demanda civil, la AFIP señaló que la misma se sustenta en "el perjuicio concreto está determinado por la defraudación de la que la AFIP fue objeto. La responsabilidad de Ricardo Echegaray en su calidad de funcionario máximo del organismo recaudador surge en forma directa, tal como se ha relatado y fue tenido por probado en el expediente".