Cristóbal López, el empresario del Grupo Indalo preso desde diciembre de 2017, pidió este jueves su excarcelación luego de que quedara firme el fallo en donde se determinó que no intentó vender su compañía cuando pesaba sobre sus hombros una inhibición de bienes, en el marco de la causa Oil Combustibles.

Precisamente, el pedido se hizo ante el Tribunal Oral Federal 3 que sustancia el juicio para esclarecer si hubo una defraudación de $ 8.000 millones percibidos por el impuesto al combustible. Allí también está siendo juzgado Fabián De Sousa –detenido y sobreseído en esta investigación–, y Ricardo Echegaray, el ex jefe de la AFIP y autor de la presunta maniobra, que no está preso.

El planteo deberá ser resuelto por el tribunal oral, previa consulta a la fiscalía. No obstante, aún si tuvieran un fallo favorable, sobre Cristóbal López y De Sousa pesan las prisiones preventivas que dictó el juez federal Claudio Bonadio en el marco de dos causas ligadas a "los cuadernos de la corrupción K", y por lo tanto también deberían conseguir allí un aval a su excarcelación para poder concretar sus libertades.

Por lo pronto, los argumentos de la defensa de López fueron plasmados hoy en su presentación ante el TOF, apenas un rato antes de que comenzara una nueva audiencia en el debate.

"La inexistencia del hecho que se utilizara para justificar la detención preventiva de nuestro asistido, corroborada por el sobreseimiento dictado en el marco de la causa 20.509/2017, genera que la misma deba cesar inmediatamente. Dicho de otra forma, la tramitación de la causa anteriormente mencionada ha demostrado, como veremos, que nunca ocurrió el suceso en el que se basó la supuesta existencia de riesgo procesal y, por ello, no hay peligros procesales que justifiquen el encarcelamiento preventivo", sostuvieron los defensores de López.

La defensa planteó que "la circunstancia objetiva que había determinado la prisión preventiva Cristóbal López fue la supuesta transferencia de las acciones sobre las empresas de Grupo Indalo que se habría realizado a favor de Rosner y Dellatorre Balestra, como circunstancia obstaculizante de la investigación, toda vez que se habría vulnerado la medida cautelar dispuesta en la investigación", pero el fallo dictado el viernes por la jueza María Eugenia Capuchetti, sobreyendolos a todos, demostró que el "riesgo procesal" no ha sucedido porque la venta no existió.