La justicia nacional de primera instancia del Trabajo declaró ayer la invalidez de seis artículos del DNU de desregulación económica del gobierno de Javier Milei. La decisión fue adoptada por la jueza laboral de feria Liliana Rodríguez Fernández, que hizo "parcialmente lugar a la acción de amparo" de la Confederación General del Trabajo (CGT).

La magistrada resolvió "declarar la invalidez de los artículos 73, 79, 86, 87, 88 y 97" del DNU 70/2023, aunque aclaró que gozará de validez formal en el caso de ratificación por ambas Cámaras dentro del período de las sesiones extraordinarias en curso, o su vigencia cesará de pleno derecho en caso contrario".

"El artículo 73, que modifica las condiciones de retención de la cuota sindical; el artículo 79, que establece reglas para la negociación colectiva; el artículo 86, que modifica la vigencia de las cláusulas obligacionales; los art. 87 y 88, que incorporan a su vez los artículos 20 bis y 20 a la ley 23.551; y el artículo 97, que regula los servicios esenciales en el marco de conflictos colectivos", resumió la jueza en su resolución de 10 páginas.

"Tal como lo he sostenido en ocasión de analizar la constitucionalidad de normas anteriores (entre otras, los DNU 699/2019 y 761/2020, en los que me pronuncié por su invalidez), una objeción determinante estaría dada por la circunstancia de que el Congreso se encontrara funcionando. Y el Congreso, en este caso, se encuentra funcionando", explicó.