A debate. En proyecto establece que “el llamado a indagatoria no se considera medida restrictiva de la libertad” para aquellos casos de los legisladores que se les impute delito sujeto a desafuero, remoción o juicio político. 

La Cámara de Diputados avanzará esta semana en el dictamen de un proyecto para reformar la ley de fueros, que busca facilitar el accionar de la Justicia cuando disponga allanamientos a propiedades de legisladores nacionales, tras un acuerdo entre el oficialismo y el massismo, lo cual le permitiría aprobar con amplio consenso el proyecto en el recinto.
La iniciativa unificada recibiría dictamen el miércoles próximo en la comisión de Asuntos Constitucionales, que preside Pablo Tonelli (PRO), con el apoyo de la mayoría de los bloques opositores. 

Luego de varias postergaciones, el oficialismo y los principales bloques opositores ‘excepto el (FpV-PJ) que está en contra- lograron acordar un dictamen unificado en base a las propuestas impulsadas por Cambiemos y el Frente Renovador, para quitar la prerrogativa que tienen los parlamentarios, por el cual un juez deba pedir primero el desafuero cuando tenga que allanar un domicilio, como sucedió en la causa donde está investigado el exministro Julio de Vido.

El oficialismo necesita el acuerdo de otros bloques porque no tiene mayoría y para eso compatibilizaron los proyectos presentados por el presidente del bloque del PRO, Nicolás Massot, y de la massista Graciela Camaño. 

‘Desde Cambiemos éramos partidarios de eliminar ese párrafo de los allanamientos para que los legisladores sean como cualquier ciudadano, pero no logramos consenso con la gente del Frente Renovador y el bloque Justicialista, llegamos a un dictamen consensuado con una solución intermedia: en lugar de solicitar la autorización de la Cámara, bastará con que el juez informe al presidente del cuerpo‘, admitió Tonelli.

Según el texto, y ante el supuesto de un pedido de allanamiento, la comunicación se realizará al sólo efecto de que el presidente de la cámara respectiva ‘tome conocimiento de la medida ordenada‘ y no como establecía la ley de fueros, que requería autorización de la cámara respectiva para hacer efectivo el accionar de la justicia.

Asimismo se acordó que si el funcionario legislador o magistrado no concurriera a prestar declaración indagatoria, “el tribunal deberá solicitar su desafuero, remoción o juicio político”. 

“En caso de allanamiento del domicilio particular o de las oficinas del legislador o la intercepción de su correspondencia o comunicaciones, el tribunal deberá comunicar la decisión al presidente de la respectiva cámara, quien debe estar informado de ello previo a concretarse la medida”, aclara la propuesta. 

El presidente a su vez designará a un legislador de la misma cámara, que deberá pertenecer a un bloque distinto al afectado por la decisión judicial, para que se haga presente en el allanamiento. 

El proyecto también emplaza al juez a solicitar el desafuero del legislador acusado dentro de las 48 horas de después de dictada la sentencia condenatoria o que se haya verificado su inasistencia a indagatoria. 

“La solicitud de desafuero deberá ser girada dentro de las 24 horas a la comisión de Asuntos Constitucionales de la cámara correspondiente la que deberá emitir dictamen”. Además, “la cámara deberá tratar el pedido de desafuero dentro del plazo máximo de 30 días posteriores al ingreso de la solicitud aún cuando no exista dictamen de comisión”. 

Si bien el tema de los fueros fue históricamente debatido en el Congreso, la cuestión se reavivó en 2016 luego de que, en mayo, el juez federal Luis Rodríguez debió suspender el allanamiento a un domicilio de Julio De Vido en una causa donde lo investiga por supuesto enriquecimiento ilícito, luego de que la defensa del exfuncionario le advirtiera que poseía fueros por su condición de diputado nacional.

 

Cómo funciona hasta ahora

 

En su artículo 69, la Constitución Nacional establece que los funcionarios y legisladores sólo pueden ser detenidos en caso de ser sorprendidos in fraganti en un delito, pero en el 2000 durante el gobierno de Fernando De la Rúa (luego del escándalo por el pago de sobornos en el Senado para aprobar la reforma laboral) se sancionó la Ley de Fueros 25.320 que prohíbe los allanamientos a los domicilios de los diputados o senadores ‘sin la autorización expresa de cada cámara parlamentaria‘.

Antes de su sanción, el exjuez Carlos Liporaci había pedido el desafuero de 11 senadores (entre ellos Augusto Alasino, José Genoud, Emilio Cantarero y Ramón ‘Palito‘ Ortega) para seguir avanzando en la investigación del pago de sobornos y, en un intento por poner claridad al alcance de los fueros, los legisladores votaron la norma, que si bien pone límites a los allanamientos, avala la conclusión total de los procesos judiciales contra los funcionarios (incluso la condena). Hasta entonces los jueces evitaban dictar procesamientos contra funcionarios o legisladores con el pretexto de que debían contar primero con el desafuero o expulsión de las cámaras.