A partir de la cuarentena, en el campo laboral, se fueron acelerando los acuerdos entre los sindicatos y las empresas o grupo de empresas de suspender al personal con reducción de los salarios. Así, si el poder de compra salarial sufrió una reducción del 15% durante la gestión de Mauricio Macri, desde la aplicación de la cuarentena se agrega una caída adicional de los ingresos de una porción importante de los trabajadores registrados.

Según un Informe de CEPA (Centro de Política Económica Argentina) en estos 30 días de cuarentena “se computan 3.070 casos de atrasos de pago, 54.030 reducciones salariales de hecho, 8.480 casos de suspensiones con reducción salarial, y 231.483 casos de reducciones salariales acordadas con el gremio. En este último segmento, se destaca el caso de los metalúrgicos, que acordaron que no haya despidos a cambio de cobrar el 70% de los salarios, que representan unos 126.000 casos a los que se suma el acuerdo de los petroleros, que alcanza a unos 64.500 casos”.

Para las empresas, estas suspensiones con reducción salarial tienen una ventaja adicional porque el salario complementario del 50% que pagará ANSeS y que recibirán los trabajadores del sector privado que se encuentren en crisis por el coronavirus se aplica sobre los sueldos de febrero. En consecuencia ese 50% es muy superior, del orden del 70%, sobre los sueldos pactados con reducción salarial.

Por el DNU N° 376, ese salario complementario no podrá ser inferior a un salario mínimo, vital y móvil ( $ 16.875) ni superar dos salarios mínimos, vitales y móviles ( $ 33.750), o al total del salario neto correspondiente a ese mes.

Respecto de la metodología utilizada para el relevamiento, CEPA aclara que “se trata de aquellos casos que han cobrado estado público, por lo que es posible omitir situaciones que ocurren en el mundo informal –con empresas sin registración, unipersonales o familiares- y en aquellos casos donde la ausencia sindical o ausencia de cobertura periodística ha impedido dar a conocer las rupturas contractuales o perdidas salariales”.

Con esa limitación, “la industria es la que comanda los acuerdos son reducción salarial, con 79% de los casos (el peso del acuerdo de la UOM y petroleros es significativo), seguido por comercio (11%), servicios (5%) y el sector primario (se concentran en minería, 4%)”.

En la industria, el Informe destaca el acuerdo de UOM y las cámaras empresarias que consiste en suspender despidos por 120 días a cambio de reducir el salario al 70%. Los trabajadores de metales alcanzan unos 126.000 casos. En ese mismo sentido, el sector de hidrocarburos, también anunció suspensión de despidos por 60 días y salarios al 70%. Finalmente, ha habido acuerdo de suspensiones con reducción salarial en la mayoría de las terminales del sector automotriz y autopartes”.

En el comercio, “prevalecen los casos de reducciones salariales, particularmente en comercios de expendio de comidas (se concentran en las cadenas de comidas rápidas y un número importante de restaurantes), y suspensiones con reducción salarial, en el sector de venta de electrodomésticos (Garbarino/Compumundo), y casas de venta de productos deportivos (Dabra)”. Y “entre los servicios, se destaca lo relacionado con recreación, y turismo, donde se produjeron cuantiosas suspensiones”.