El Gobierno de Mauricio Macri oficializó ayer a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) una reforma a la Ley de Migraciones para evitar la entrada de personas que hayan cometido delitos graves y acelerar los procesos de deportación de los extranjeros con antecedentes penales o de quienes delinquen en el país.

La reforma reglamenta ‘un procedimiento migratorio especial de carácter sumarísimo, aplicable a aquellos casos en los que personas de nacionalidad extranjera se encontraran involucradas en hechos delictivos y a quienes hubieren ingresado en forma clandestina al territorio nacional, eludiendo el control migratorio‘, según lo establece el Decreto 70/2017.

El DNU apunta a sumar medidas a otras que el gobierno nacional ha tomado en las últimas semanas en materia migratoria, como la creación de la Comisión Nacional de Fronteras, integrada por funcionarios y fuerzas de seguridad, el refuerzo de datos que se reciben de Interpol y la disposición para que las líneas aéreas anticipen a Migraciones, desde el lugar de embarque, la lista de pasajeros y tripulantes que llegarán al país.

En los últimos años ‘se ha detectado, muy agudamente en este último tiempo, donde realmente se empezó seriamente a estudiar y a combatir el narcotráfico en nuestro país que la regulación anterior alargaba los plazos a seis o siete años para expulsar a un extranjero criminal‘.

Por esto ‘se sacó un decreto de necesidad y urgencia (DNU), que se consensuó con el sector más importante de la oposición, para tratar de corregir y achicar esos plazos tan largos‘, explicó el ministro de Justicia de la Nación, Germán Garavano.

‘Teníamos un problema, que se busca corregir con este decreto; hay un dato que es realmente alarmante, que es que en las cárceles federales, de 100 detenidos que se ven involucrados en hechos de narcotráfico, 33 son extranjeros‘, apuntó Garavano.

Al responder sobre la urgencia en dictar el decreto y evitar que se debata en el Congreso una ley específica, el ministro dijo que ello ‘tiene que ver con lo que se vivió todo este año, con la evidencia empírica de hechos realmente graves, y en esto se ha consensuado con un sector mayoritario de la oposición de que era importante sacarlo ahora, y que, en todo caso, más adelante habrá una ley más extensa, más profunda‘.

Por su parte, la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, defendió los cambios en la política de Migraciones al sostener que no responden a un problema con los inmigrantes sino que apuntan a combatir el narcotráfico y el contrabando.

‘Nuestro problema con la frontera no es la gente, nosotros no tenemos un problema con la inmigración, tenemos un problema con el narcotráfico y con el contrabando‘, subrayó Bullrich al indicar que se instalarán centros de control fronterizo ‘con alta tecnología‘ en La Quiaca (Jujuy), Aguas Blancas y Salvador Mazza (Salta) y Puerto Iguazú (Misiones).

En la norma conocida ayer se establece que ‘serán causas impedientes del ingreso y permanencia de extranjeros en territorio nacional, la presentación ante la autoridad de documentación nacional o extranjera material o ideológicamente falsa o adulterada, o la omisión de informar sobre la existencia de antecedentes penales, condenas y/o requerimientos judiciales o de fuerzas de seguridad‘.

También que se le negará el ingreso al visitante que haya ‘sido condenado o estar cumpliendo condena, o tener antecedentes o condena no firme en la Argentina o en el exterior, por delitos que merezcan, según las leyes argentinas, penas privativas de libertad‘.

Tampoco podrán ingresar aquellos vinculados con ‘delitos de tráfico de armas, de personas, de estupefacientes, de órganos o tejidos, o por lavado de dinero o inversiones en actividades ilícitas‘.

La medida alcanza además a aquellos que hayan ‘incurrido o participado en actos de gobierno o de otro tipo, que constituyan genocidio, crímenes de guerra, actos de terrorismo o delitos de lesa humanidad y de todo otro acto susceptible de ser juzgado por la Corte Penal Internacional‘.

‘Tener antecedentes o haber incurrido o haber participado en actividades terroristas o pertenecer a organizaciones nacional o internacionalmente reconocidas como imputadas de acciones susceptibles de ser juzgadas por la Corte Penal Internacional o por la Ley N° 23.077 de Defensa de la Democracia‘, también influirá en la prohibición de ingreso al territorio nacional.

Tres categorías de residentes

El Decreto de Macri puntualizó además que, como consecuencia de los controles implementados en la Dirección Nacional de Migraciones, ‘se ha detectado en el último año una nueva modalidad de fraude a la Ley migratoria, consistente en un uso abusivo y contrario a los fines de la Ley del instituto de la residencia precaria‘.

La norma dispone que ‘los extranjeros serán admitidos para ingresar y permanecer en el país en las categorías de ’residentes permanentes’, ’residentes temporarios’, o ’residentes transitorios’‘.

‘Hasta tanto se formalice el trámite correspondiente, la Autoridad de Aplicación podrá conceder una autorización de ’residencia precaria’‘ por 90 días que será ‘revocable‘ cuando ‘se desnaturalicen los motivos que se tuvieron en cuenta para su otorgamiento‘, se indicó.

Por último, se añadió que ‘la extensión y renovación de la residencia precaria no genera derecho a una resolución favorable respecto de la admisión solicitada, ni resulta residencia válida a los efectos del arraigo, necesario para la obtención de la residencia permanente, o para la adquisición de la nacionalidad por naturalización‘. 

La cancelación de la residencia

La cancelación de la residencia conlleva la conminación a hacer abandono del país dentro del plazo que se fije o la expulsión tomando en consideración las circunstancias fácticas y personales del interesado.

La expulsión lleva implícita, en los casos en que la misma se fundara en la participación o comisión de un delito doloso, una prohibición de reingreso permanente o por un término que en ningún caso podrá ser inferior a 8 años.

Si el extranjero se aviene a la expulsión dispuesta dentro de 10 días hábiles de notificada, le dará firmeza al acto administrativo y conllevará una prohibición de reingreso al país de 1 año, debiendo concretarse la medida dentro del plazo de 7 días hábiles.