El Ministerio de Salud de la Nación publicó dos resoluciones que regulan en qué momento de la enfermedad por coronavirus es recomendable aplicar plasma de convaleciente y suero equino, según especialistas e investigadores de ensayos clínicos que se realizaron en el país con ambos tratamientos.

La resolución 9/2021 que regula el uso de plasma indica que debe administrarse como tratamiento en pacientes con menos de tres días de iniciados los síntomas, que no presenten criterios de gravedad y con diagnóstico confirmado de Covid-19.

También se indicó que "se debe indicar la transfusión de Plasma de convaleciente de Covid-19 en pacientes mayores de 75 años con menos de 72 horas de iniciados los síntomas".

Como tercera observación se fijó el mínimo y el tipo de anticuerpos que tiene que tener el plasma que se utilizará como tratamiento y los métodos validados para confirmar estas condiciones del plasma.

Además, se señaló que "las unidades de plasma a transfundir deben poseer en la etiqueta el valor de la concentración de anticuerpo".

Por último, se fijó como referencia que se debe transfundir una unidad de plasma de convaleciente de volumen entre 200 y 300 mililitros, con las características mencionadas anteriormente.

La resolución también indicó que no se debe administrar plasma de convaleciente a pacientes con más de tres días de iniciados los síntomas o con alguna de las siguientes características: frecuencia respiratoria mayor a 30/min, saturación de oxígeno menor de 93% respirando aire ambiente, pacientes con enfermedad grave, gestantes o menores de 18 años.

Suero equino

En referencia a las inmunoglobulinas equinas, conocidas como suero equino, la resolución lleva el número 8/2021 recomendó considerar la "administración de inmunoglobulinas equinas fragmentos F (ab)2 anti SARS-CoV-2 en pacientes con enfermedad severa hasta 10 días desde el inicio de síntomas, con diagnóstico confirmado de Covid-19".

También se estableció que debe ser administrada en ámbito hospitalario con monitoreo médico y se deben indicar dos dosis a razón de 4 mg/Kg de peso con un intervalo de 48 horas por vía intravenosa.

Además, la resolución estableció que no se debe indicar suero equino como tratamiento en pacientes internados internados en la Unidad de Terapia Intensiva, es decir de curso crítico de acuerdo a la definición de los Institutos Nacionales de Salud (NIH) ni en pacientes con requerimiento de Asistencia Respiratoria Mecánica (ARM).

Tampoco se debe indicar en personas con antecedentes de anafIlaxia, administración previa de suero equino (por ejemplo que hayan recibido suero antitetánico, antiofídico o antitoxina arácnida) o una reacción alérgica por contacto o exposición a los caballos".

Por otra parte, no está recomendado indicar en pacientes que causan enfermedad leve o moderada, ni que hayan recibido plasma de convalecientes. Tampoco aplica para personas que estén gestando, en etapa de lactancia o en menores de 18 años .

El suero equino contra el coronavirus son anticuerpos policlonales desarrollado por científicos argentinos. En diciembre, ANMAT lo aprobó como tratamiento a partir de los resultados positivos del estudio clínico de Fase 2/3, los cuales mostraron que la aplicación de esta terapia, además de ser segura, redujo la mortalidad casi a la mitad (45%) en los pacientes con Covid-19 severa. Además, los pacientes tratados demostraron una reducción de la internación en terapia intensiva de 24% y del requerimiento de asistencia respiratoria mecánica de 36%, frente al placebo.