La causa por el atentado contra la AMIA dio este lunes uno de sus pasos judiciales más relevantes en años. El juez federal Daniel Rafecas procesó a siete ciudadanos iraníes y a un libanés por distintos roles atribuidos en la planificación y ejecución del ataque terrorista del 18 de julio de 1994, que provocó 85 muertes y 151 heridos. La resolución supera las 600 páginas y se dictó en el marco del régimen de juicio en ausencia, que permite avanzar pese a que los acusados permanecen prófugos.
Además de los procesamientos, Rafecas fijó embargos por US$500 millones para cada uno de los imputados. Según la resolución, la decisión de atacar la mutual judía habría sido adoptada en agosto de 1993 por las máximas instancias del régimen iraní y su ejecución habría sido encomendada a Hezbollah, mediante una estructura de apoyo regional y local con vínculos en la Triple Frontera. El magistrado encuadró el atentado como un crimen de lesa humanidad y, de acuerdo con TN, también lo calificó dentro de la figura de genocidio en términos del derecho internacional.
Quiénes son los ocho procesados
Como responsables centrales fueron procesados Alí Fallahijan, exministro de Inteligencia de Irán; Alí Akbar Velayati, exministro de Relaciones Exteriores; Mohsen Rezai, excomandante de la Guardia Revolucionaria; y Ahmad Vahidi, vinculado a la Fuerza Al Quds. Según el fallo, los cuatro habrían participado en la decisión y organización del atentado desde las estructuras del régimen iraní.
También fueron procesados como cómplices necesarios Hadi Soleimanpour, exembajador iraní en la Argentina; Mohsen Rabbani, quien fue consejero cultural de la Embajada de Irán en Buenos Aires; y Ahmad Reza Asghari, exintegrante de inteligencia de la Guardia Revolucionaria. Rafecas consideró que sus aportes resultaron esenciales para el plan investigado desde la estructura diplomática y la red local iraní.
El octavo procesado es Salman Raouf Salman, también conocido como Samuel El Reda, ciudadano libanés señalado por la Justicia como agente de Hezbollah y responsable de coordinar la etapa final del ataque. La resolución, en cambio, dispuso la falta de mérito para Abdallah Salman y Hussein Mouzannar.
La reconstrucción del atentado que hizo la Justicia
En la resolución, Rafecas consideró acreditado que los autores materiales adquirieron una Renault Trafic el 10 de julio de 1994, la acondicionaron y la cargaron con aproximadamente 300 kilos de amonal y TNT. El vehículo habría quedado preparado el 15 de julio en un estacionamiento ubicado a pocas cuadras de la sede de la AMIA, antes de ser utilizado para el ataque tres días después.
La explosión ocurrió durante la mañana del 18 de julio de 1994 en la sede de Pasteur 633, en la Ciudad de Buenos Aires. El atentado dejó 85 víctimas fatales, al menos 151 heridos y graves daños materiales. Los delitos atribuidos incluyen homicidios y lesiones agravados por odio racial o religioso y por la utilización de un medio capaz de provocar peligro común, además de daño agravado por motivos discriminatorios.
El fallo también relacionó la planificación de la AMIA con otro atentado perpetrado al día siguiente en Panamá contra un avión de línea, en el que murieron 20 personas. Según la reconstrucción judicial citada por los medios, ambos ataques fueron reivindicados posteriormente desde Líbano mediante una denominación vinculada a Hezbollah.
Por qué el procesamiento abre la puerta al juicio en ausencia
La decisión fue posible a partir de la Ley 27.784, que incorporó el juicio en ausencia para determinados delitos graves cuando los imputados fueron declarados rebeldes, conocen la existencia del proceso y los intentos para lograr su comparecencia resultaron infructuosos. La UFI AMIA había pedido la aplicación de ese mecanismo debido a que los acusados nunca se presentaron ante la Justicia argentina pese a las órdenes de captura y pedidos de extradición.
El nuevo régimen garantiza que los acusados cuenten con defensa técnica aun cuando no estén presentes. Los procesamientos podrán ser apelados por el defensor oficial Hernán Silva y, si quedan confirmados en instancias superiores, el expediente podrá avanzar hacia su elevación a un Tribunal Oral Federal para la realización del juicio.
Rafecas también dispuso dar intervención a la Corte Suprema para analizar una posible conexión con la investigación por el atentado contra la Embajada de Israel de 1992. La UFI AMIA sostiene que ambos ataques habrían sido ejecutados por Hezbollah, por lo que la eventual conexidad deberá ser analizada por el máximo tribunal.
A más de 32 años del atentado, la resolución no implica una condena definitiva, pero sí representa un avance procesal central: por primera vez, ocho de los acusados por la planificación y ejecución del ataque quedaron formalmente procesados bajo un mecanismo que permite que la causa avance aunque continúen fuera del alcance de la Justicia argentina.