15 de septiembre de 2026 - 18:24

Revocaron el habeas corpus que frenaba la aplicación del Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires

La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora dio lugar a la apelación fiscal y dejó sin efecto la medida cautelar que había suspendido la nueva ley. Los magistrados consideraron "inadmisible" el planteo que frenaba la baja de la imputabilidad a los 14 años.

En un fallo clave para el sistema judicial del país, la Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora revocó este martes el habeas corpus preventivo colectivo que había frenado la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil (Ley 27.801) en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires.

La decisión de segunda instancia revierte el polémico dictamen emitido semanas atrás por la titular del Juzgado de Responsabilidad Juvenil N.° 2 de ese departamento judicial, Marta Pascual, quien había dispuesto una medida cautelar por 60 días para suspender la normativa que redujo la edad de imputabilidad de los 16 a los 14 años.

Tras la apelación interpuesta por el fiscal Hernán Ceruti, los jueces Miguel Carlos Navascues y Miguel María Alberdi resolvieron declarar "inadmisible" la suspensión de la ley, avalando los argumentos del Ministerio Público Fiscal sobre los requisitos formales y legales necesarios para la procedencia de esta vía constitucional.

Los argumentos del fallo y la postura de la fiscalía

En su resolución original, la jueza Pascual —acompañada por planteos de organizaciones sociales como la Asociación Civil "No seas pavote", integrante de la Federación Familia Grande Hogar de Cristo— había fundamentado su decisión en la necesidad de proteger los derechos fundamentales de los adolescentes privados de la libertad. La magistrada advirtió sobre una supuesta falta de infraestructura, condiciones materiales y recursos económicos adecuados en la provincia para afrontar un eventual incremento significativo en la población de menores detenidos.

Sin embargo, desde la fiscalía refutaron de plano dichos argumentos al señalar que el habeas corpus "exige la existencia de una amenaza concreta a la libertad ambulatoria o a las condiciones en que ésta habrá de ejercerse, y no puede sustentarse exclusivamente en una eventualidad futura cuya ocurrencia no ha sido demostrada".

En la misma línea, el fiscal Ceruti remarcó que durante el planteo no se logró identificar a ningún joven detenido de manera ilegal por la aplicación de la nueva normativa, ni tampoco una situación específica de alojamiento carcelario que se hubiera agravado por la reforma legal. Para el representante del Ministerio Público, la resolución de primera instancia transformó una mera "posibilidad en una certeza" sin contar con datos duros o estadísticos certeros sobre el impacto operativo inmediato.

Con este revés judicial a la medida cautelar dictada en Lomas de Zamora, el nuevo sistema de responsabilidad penal para adolescentes de entre 14 y 18 años recupera plena vigencia y operatividad en el distrito más poblado del país, despejando el camino para la aplicación de los lineamientos previstos en la legislación nacional.

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