La inconstitucionalidad fue declarada por la Sala II de la Cámara Federal de La Plata y alcanza al penúltimo párrafo del artículo quinto de la ley 23.737, que castiga a quien siembre o cultive plantas, o guarde semillas utilizables para producir estupefacientes para consumo personal.
El tribunal consideró en su fallo unánime que "esa situación se encuadra dentro del ámbito de las acciones privadas protegidas” por la Constitución Nacional y, en consecuencia, la Cámara declaró el sobreseimiento de una causa por la que se imputó a una pareja a la que se le había decomisado plantas de marihuana y semillas que se encontraban en un vivero de su propiedad, en la localidad bonaerense de Ensenada.
Que el consumo de drogas ha crecido de modo sostenido parece ser uno de los pocos diagnósticos en los que nos ponemos de acuerdo todos los argentinos. Para que esto sea posible ha habido también un importante espacio perdido por culpa de la corrupción y su aliada, la impunidad; una poderosa combinación. Es que funcionarios y otros referentes sociales han transmitido mensajes ambiguos y han dado curso a postulados carentes de verdad.
Algunos ejemplos: que un porro no hace nada; que es peor un cigarrillo de tabaco que uno de marihuana; que la marihuana tiene propiedades curativas sin efectos secundarios; que con el "consumo recreativo” está todo bien, y una serie de afirmaciones sin el menor sustento científico-químico, y ni qué hablar del fundamento psicológico o antropológico. Esto ha redundado en una mayor "tolerancia social” al consumo. El fallo del tribunal de La Plata se interpreta como una promoción del "derecho individual" a drogarse.
La salud pública es un bien colectivo; no se puede invocar un derecho individual para degradarla. El aludido "derecho individual” o "acciones privadas protegidas” que no afectan a terceros se hace difícil de encontrar en forma pura en estos casos; necesariamente, repercute en la familia, la escuela, la sociedad. La legislación debe abarcar a la totalidad de los jóvenes, sin discriminaciones. Es por eso que no se pueden proponer normas que busquen proteger los derechos individuales sobre la base del postulado "con mi vida hago lo que quiero", sin medir las consecuencias que esas reglas tendrán en la mayoría de los jóvenes que son pobres y están en riesgo.
