La AFIP recategorizará de oficio a los contribuyentes que no hayan informado debidamente su situación, según informaron en el Boletín Oficial.
 

 

Mediante la aplicación del sistema de Monotributo-Recategorización de Oficio (Moreo) para poder modificar por su cuenta la categoría de los contribuyentes en falta. El nuevo servicio se implementa con el objetivo de "mantener la eficiencia y el carácter expeditivo atribuido por la norma legal".
 

La nómina de los recategorizados será publicada en el Boletín Oficial el primer día hábil de los meses de febrero, junio y octubre de cada año, y dicha publicación contendrá, respecto de cada responsable, la denominación del contribuyente, la CUIT y la categoría determinada de oficio y fecha a partir de la cual resultará operativa.
 

Mediante el Moreo, los contribuyentes podrán consultar los motivos y elementos de juicio de la decisión administrativa, así como la liquidación de los montos adeudados en concepto de impuesto integrado y cotización previsional.
 

También tendrán 15 días para presentar un recurso de apelación mediante transferencia electrónica de datos, accediendo con clave fiscal al nuevo sistema.
 

Para quienes mantengan las categorías las fechas de vencimiento marcan el siguiente cronograma: las categorías F,G,H,I,J y K el 20 de septiembre de 2017, para las D y E el 20 de octubre de 2017, las B y C el 20 de noviembre de 2017 y la A el 20 de diciembre de 2017.