Luego de los inconvenientes que durante el martes por la tarde impidieron acceder a los servicios online de la página de la AFIP, el organismo decidió extender el plazo para la adhesión a la ampliación de la moratoria 2020. Los contribuyentes podrán completar los trámites hasta las 18 horas de este miércoles 16 de diciembre.

Desde la AFIP, atribuyeron los problemas para ingresar a su web durante la tarde del martes a “desperfectos técnicos vinculados al suministro de energía eléctrica”, lo que generó la interrupción de los servicios online. “El área de sistemas y telecomunicaciones se encuentra abocada al restablecimiento de los servicios web que comenzarán a reactivarse paulatinamente”, explicaron.

“En paralelo a las tareas técnicas tendientes a resolver los inconvenientes, se dio intervención a distintas áreas de control del organismo para determinar el origen y las responsabilidades del incidente”, agregaron.

Durante la tarde del martes, las redes sociales se poblaron de quejas de contadores y contribuyentes que no pudieron realizar los trámites correspondientes porque el sistema estaba caído y no era posible cargar el trámite de la moratoria ni ningún otro. Incluso hubo una pedido del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Entre mediados de septiembre y finales de noviembre, previo a una prórroga de dos semanas, se generaron más de 660.000 planes de adhesión a la moratorio, según informaron desde el organismo recaudador. Hasta el momento, se regularizaron deudas por un monto superior a los $390.000 millones. “Las obligaciones ingresadas representan el 72% del monto total de las deudas registradas en los sistemas de la AFIP”, detallaron.

Las principales características de la ampliación de la Moratoria 2020 son:

● Permite incluir deudas vencidas hasta el 31 de julio de 2020

● Dependiendo del tamaño de las empresas e individuos que se adhieran, se pueden regularizar deudas en hasta 96 o 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras. Los plazos son de hasta 48 o 60 cuotas para las obligaciones correspondientes a los recursos de la seguridad social.

● Condonación parcial de intereses y total de multas.

● Tasa de interés fija del 2% mensual hasta mayo de 2021. A partir del mes siguiente se aplicará una tasa variable en pesos.

● Las empresas de mayor tamaño no podrán distribuir dividendos, realizar operaciones con títulos para eludir la normativa cambiaria ni acceder al mercado cambiario para realizar pagos a entidades vinculadas durante dos años.

● Establece para un grupo de contribuyentes la obligación de repatriación de activos financieros situados en el exterior en un plazo de 60 días desde que se formaliza la adhesión.