La mayoría de los médicos consultados sobre la forma en que actuó el médico tocoginecólogo, Leandro Rodríguez Lastra aseguran que en su lugar hubiesen hecho lo mismo. Es decir, negarse a practicar un aborto no punible a una joven de 19 años con un embarazo de más de 22 semanas, por más que argumentara que era una gestación no deseada y que correspondía a una violación. La negativa del médico se basó en que el embarazo estaba muy avanzado, casi seis semanas, con un peso y desarrollo normal, por lo que el aborto no sólo era criminal sino de una bestialidad inaceptable. La decisión fue acertada porque permitió que el niño naciera y que, posteriormente, fuera dado en adopción, estado en el que actualmente está creciendo y desarrollándose normalmente. El hecho es que ahora este especialista ha sido encontrado culpable por un tribunal de la provincia de Río Negro, que intervino ante la denuncia formulada por la diputada provincial Marta Milesi (Juntos Somos Río Negro). La legisladora es médica pediatra y autora de la ley N° 4796 de aborto no punible en la provincia de Río Negro. El cargo formulado es por 'incumplimiento de deberes de funcionario público''", delito penado en el Artículo 248 del Código Penal, con hasta dos años de prisión en suspenso e inhabilitación para ejercer la medicina, por no haber acatado el Protocolo de aborto no punible en casos de abuso.


Estamos ante una situación en la que tanto la denuncia como la condena carecen de sentido común. El médico actuó en función de los hechos y no podía acceder a realizar un aborto ante una madre cuya vida corría peligro, ni ante un ser en avanzado estado de gestación. Se considera que con más de 22 semanas de gestación, ya no se puede hablar de un aborto, ya que el bebé está debidamente formado como para nacer con los riesgos propios de una criatura prematura.


La falta de sentido común en la condena está dada también en la pretensión de que el doctor Rodríguez Lastra no tendría que haber permitido que ese niño viva. 


Hay que tener en cuenta que en todo este proceso hay una fuerte influencia de grupos proaborto que están haciendo valer normas en vigencia que alientan esta práctica y que se preparan para promover nuevamente la legalización del aborto vía Congreso Nacional.


Si bien la Justicia ha actuado conforme a normas establecidas para abortos no punibles, para dictar esta sentencia debería haber evaluado un poco más las razones o argumentos de carácter ético en este proceso.