Le molestó que su ex se tomara selfies y la corrió pateándola e insultándola: fue condenado
"Sos una pu..., te voy a quitar los niños", le gritaba el agresor a la víctima mientras le daba patadas.
"Sos una pu..., te voy a quitar los niños", le gritaba el agresor a la víctima mientras le daba patadas.
Con golpes, insultos y amenazas. Así, un hombre agredió a su expareja en octubre pasado en plena vía pública, enojado al descubrir que ella se había tomado una serie de selfies. Ahora, el agresor, que ya tenía antecedentes, fue condenado por la Justicia, aunque no irá preso.
El hecho ocurrió el pasado 12 de octubre, alrededor de las 17 en la casa de la madre de la víctima, en Chimbas. En esa oportunidad, Silvio Federico Luján revisó el celular que había usado su ex, y al encontrar el fotos que se había tomado, se molestó y le preguntó por qué se sacaba fotos y a quién se las enviaba.
La denunciante, cansada, salió a la vereda de la casa, pero Luján la siguió y le propinó un fuerte golpe de puntapié en la cola, sobre el costado derecho. Después, le tiró encima la bicicleta y le dijo: "Sos una pu..., ya vas a caer en la casa, te voy a quitar a los niños".
Para continuar, el agresor la persiguió mientras ella caminaba en dirección a la parada del colectivo y continuó insultándola hasta volver a propinarle un puntapié en el costado derecho de la cola y en el abdomen.
Cabe destacar que, ya en noviembre del año pasado, el imputado fue condenado por un hecho de Flagrancia a la pena de 9 meses de prisión condicional por resultar autor penalmente responsable del delito de lesiones leves agravadas por el vínculo y desobediencia a una orden judicial, en perjuicio de la misma víctima.
Ahora, teniendo en cuenta ambos hechos, el Ministerio Público Fiscal definió hacer lugar al acuerdo de juicio abreviado y condenar al hombre a 6 meses de prisión de cumplimento condicional por resultar autor penalmente responsable del delito de lesiones leves agravadas por el vínculo, en perjuicio de la denunciante, en calidad de autor y al pago de las costas. Y, a la vez, a unificar esta pena y condena con la dictada anteriormente a la pena única de 1 año y 3 meses de prisión de cumplimiento condicional.
A su vez, durante 2 años, el condenado deberá constituir domicilio real y someterse al cuidado del patronato correspondiente; mantenerse a 200 metros de distancia como mínimo de la víctima y realizar cualquier acto turbatorio por cualquier medio, esto es, redes sociales, telefonía fija, por sí y por interpósita persona.
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