El Tribunal Electoral se encamina a definir la fecha de los comicios
La chance está en el Código. Tras el dictamen de la Procuración contra Uñac, la Corte mañana tiene su reunión.
La chance está en el Código. Tras el dictamen de la Procuración contra Uñac, la Corte mañana tiene su reunión.
Si bien su dictamen no es vinculante, se trata de una postura de peso y que, si se quiere, puede ser un adelanto de la decisión final. El procurador General de la Nación, Eduardo Casal, opinó ayer en contra de la nueva candidatura de Sergio Uñac, ya que, en líneas generales, considera su actual mandato de gobernador como el tercero, cuando, en realidad, va por el segundo en esa categoría, dado que primero fue vicegobernador. Así, entendió que pelearía por un cuarto período cuando la Constitución permite tres. Tras el dictamen, ahora tiene que resolver la Corte Suprema de Justicia de la Nación, cuyos miembros tendrán mañana su reunión de acuerdo, por lo que es probable que ese mismo día haya una definición, indicaron fuentes ligadas al proceso. El otro eje que trascendió es que, una vez que esté sellado el tema, el que va encaminado a fijar la fecha de los comicios para gobernador y vice es el Tribunal Electoral. En el oficialismo venía sonando como alternativas el 2 y el 9 de julio, aunque con más fuerza la primera de las fechas.
De acuerdo a las fuentes, el Código Electoral establece, en su artículo 114, inciso 15, que el organismo "puede, por razones fundadas, modificar o readecuar el cronograma electoral para las elecciones ordinarias". Esa es la idea que ha tomado cuerpo luego de la suspensión de los comicios para gobernador y vice que dispuso el máximo tribunaldel país, al hacerle lugar a una cautelar que había planteado uno de los socios de Marcelo Orrego en el frente Unidos por San Juan (UxSJ) si no llegaba a una resolución sobre la habilitación o no de la postulación de Uñac. La otra opción que se tenía en cuenta es que la convocatoria a las elecciones la hace el Poder Ejecutivo (tal cual lo establece la normativa), pero, tras el freno que impuso la Corte Suprema, prima la hipótesis de la readecuación por parte del Tribunal.
Lo otro que suena es la fecha de la sentencia del máximo tribunal. Según las fuentes, los supremos Horacio Rosatti (presidente), Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti tendrán mañana su tradicional reunión de acuerdos (para resolver demandas), por lo que hay chances de que saquen el fallo sobre la candidatura de Uñac. ¿Es posible tanta celeridad, teniendo en cuenta que el dictamen del procurador salió ayer? En las causas Río Negro y La Rioja, en las que los respectivos gobernadores buscaban otra reelección, la Procuración dictaminó en ambos casos el miércoles 20 de noviembre de 2019 y el máximo tribunal lo hizo 48 horas después.
Ahora, cuando la Corte Suprema suspendió la elección para gobernador y vice del 14 de mayo, en los fundamentos de la cautelar mencionó que, cuando el Tribunal Electoral oficializó la candidatura de Uñac, lo habilitó para ir "en búsqueda de un cuarto mandato. Es evidente, entonces, que ese acto electoral podría producir, en breve, un trastorno institucional de difícil reparación". Por ese argumento y otros, Fiscalía de Estado pidió la recusación de los supremos por prejuzgamiento y adelanto de opinión, lo que no prosperó y la decisión sigue en manos de los ministros.
En su dictamen, Casal, que ejerce la titularidad de la Procuración de manera interina, señaló que el artículo 175 de la Constitución "es claro para mí que el empleo de los términos 'El Gobernador y el Vicegobernador', seguidos de la expresión 'pueden ser reelegidos consecutivamente hasta dos veces' indica que la norma limita, de manera indistinta para ambos cargos, la reelección consecutiva hasta dos oportunidades". Así, señaló que la carta magna "permite una primera elección en cualquiera de ambos cargos (gobernador o vice) y dos subsiguientes reelecciones también en cualquiera de ambas dignidades (gobernador o vice) para completar un máximo de tres períodos consecutivos en cualquiera de ambas posiciones".
Por eso, indicó que "sostener que el límite de la norma bajo estudio opera de manera independiente para los cargos de gobernador o vice implicaría sentar una diferencia que la Constitución local no hace", que es lo que habían planteado en el oficialismo.
Cargos
Casal indicó que se reguló en forma conjunta a los cargos de gobernador y de vice, "encuadrándolos bajo la denominación de Poder Ejecutivo".
Períodos
Casal cuestionó que una "misma persona sea electa durante un número indefinido de períodos como gobernador y vice", de manera sucesiva.
Impedimento
El texto, según Casal, "impide" que el elegido "por tres períodos en ambos o uno de los cargos sea electo nuevamente como gobernador o vice".
Duración
En la enmienda, Casal indicó que "se previó la limitación de los mandatos a dos reelecciones inmediatas hasta completar los 12 años como máximo".
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