En sintonía. Quien fundamentó el voto en contra del recurso defensivo fue Guillermo De Sanctis, mientras que el presidente de la Corte adhirió a lo expuesto por su colega. Caballero Vidal había aceptado el planteo de los abogados.

En el primer caso que tuvo que expedirse para definir un planteo recursivo dentro de Flagrancia, la Corte de Justicia echó por tierra las críticas que dos abogados defensores hicieron contra el sistema que busca resolver de forma exprés los casos en los que los delincuentes son atrapados infraganti. El máximo tribunal definió que los fundamentos de los profesionales fueron "conjeturas" y que "no se violó el derecho de defensa ni el debido proceso", tal cual habían planteado. El fallo se dio por simple mayoría: el ministro Guillermo De Sanctis fue quien fundamentó el voto y contó con la adhesión del presidente Adolfo Caballero, relegando la postura de Juan Carlos Caballero Vidal. En la práctica, la resolución representa un claro apoyo al nuevo mecanismo, que fue impulsado por el Gobierno y que lleva poco más de un mes en funcionamiento.

El planteo de los abogados Leonardo Villaba y Javier Alonso había encendido la polémica en los pasillos de Tribunales debido a que la semana pasada, el medio Tiempo de San Juan había adelantado las posiciones encontradas entre Caballero Vidal y De Sanctis. El voto definitivo estaba en manos de Caballero, quien se terminó inclinando hacia la opinión del cortista que asumió este año.

Villalba y Alonso decidieron ir en queja ante la Corte, debido a que el juez de Flagrancia, Ricardo Grossi Graffigna, les había denegado la posibilidad de acudir al máximo tribunal para que revise su caso. El mismo se trató de una sentencia de tres años y dos meses de prisión efectiva para Ezequiel Liquitay y Débora Piersantini, dos de las seis personas que robaron en un local comercial en Chimbas, la madrugada del 12 de agosto. La resolución se dio luego de que el defensor oficial de los detenidos Lisandro Zapata y el fiscal Ignacio Antonio Achem llegaran a un acuerdo en la pena en un juicio abreviado, lo que aceptaron los implicados y que el magistrado terminó de convalidar.

Para los letrados, que asumieron la representación de los dos involucrados días después de que se dictara la sentencia, en el procedimiento de Flagrancia se violó el derecho de defensa y el debido proceso. Sostuvieron que la defensa oficial que encaró Zapata fue deficiente y la criticaron porque no pidió que los detenidos pudieran acceder a la reparación integral del perjuicio y por ende, a la extinción de la acción penal. Además, que no solicitó que se efectuara una medida alternativa como la ejecución de tareas comunitarias (probation) y que tampoco se esforzó para lograr una pena en suspenso. Así, pidieron que la Corte revise el fallo de Grossi, pero este no le dio curso. Los letrados se quejaron ante el máximo tribunal, que tuvo que evaluar si aceptaba o no el planteo.

Caballero Vidal entendió que sí era admisible de ser revisado, pero De Sanctis opinó lo contrario. Según explicó este último, el fallo de Grossi "estuvo debidamente fundado, fue sólido, coherente y se ajustó al procedimiento, por lo que el derecho de defensa existió". Mientras que el planteo defensivo "fue vago, sin consistencia y basado sólo en conjeturas".

Por otro lado, De Sanctis sostuvo que "todo lo actuado está en las grabaciones de la audiencia", en la que consta que el magistrado les hizo saber a los acusados las consecuencias del acuerdo y si lo aceptaban o no. Además, destacó que "Villalba y Alonso tomaron conocimiento de la causa después del fallo, por lo que desconocen en qué términos se llevó a cabo el acuerdo, el que fue ratificado por el juez".

En la mayoría de los casos de Flagrancia, los procesos que se llevan a cabo son juicios abreviados. En más del 90 por ciento de los casos, los detenidos tienen una defensa oficial otorgada por el Estado.

Resolución judicial

74 Es la cantidad de sentencias que hasta ayer efectuó el procedimiento de Flagrancia. Todos los casos se encuentran concluidos con la intervención de la defensa pública y privada.


Medidas para fortalecer Flagrancia

La Corte de Justicia tiene en evaluación una serie de medidas que tenderán a consolidar el sistema de Flagrancia.
Según explicó Guillermo De Sanctis, uno de los puntos es que si el fiscal y el defensor oficial llegan a un acuerdo, que el mismo sea más transparente, que se haga en la audiencia y con los imputados presentes. Que antes de presentar el acuerdo ante el magistrado, el fiscal y luego el defensor oficial den las razones de cómo y por qué se llegó al mismo. 


Además, se prevé la creación de un gabinete de psicólogos y trabajadores sociales para asistir a las víctimas de delitos y obligar a los condenados, sobre todo a los que reciben su primer fallo en contra, a tener sesiones terapéuticas cada 15 días. Los cambios saldrán por acordada.