Ahora sí, todos los detalles del último borrador del proyecto de Ley de Proveedores Mineros: cupos de empleo, compras locales y beneficios impositivos

DIARIO DE CUYO accedió al documento de 19 páginas que el Gobierno sanjuanino compartió con los bloques dialoguistas en la Cámara de Diputados provincial.

El Gobierno de San Juan termina de pulir el proyecto de ley que busca ordenar el desarrollo de proveedores mineros con una regulación que pretende ser “mínima”, pero con metas concretas de empleo y compras locales, un esquema de incentivos fiscales y un régimen de control que quedará bajo la órbita del Ministerio de Minería. El borrador final, al que accedió DIARIO DE CUYO, ya circula entre los bloques dialoguistas de la Cámara de Diputados de San Juan. Varios puntos ya fueron reflejaron por este medio en marzo. La intención oficial sería llevarlo al recinto la próxima semana. Por ahora, hay hermetismo.

La iniciativa fue redactada por los ministros de Producción y de Minería, Gustavo Fernández y Juan Pablo Perea, respectivamente, junto con las principales cámaras empresarias del sector minero. El texto intenta encontrar un equilibrio entre fijar obligaciones de integración provincial sin avanzar sobre esquemas rígidos que puedan afectar la competitividad de los proyectos metalíferos.

El gobernador Marcelo Orrego confirmó a CUYO MINERO, en el marco de la Expo San Juan Minera 2026, que “el proyecto ya se está trabajando junto a Asesoría Letrada y será enviado a Diputados para abrir el debate. Queremos que se trate lo antes posible”. Eso había dicho semanas atrás. Ahora el borrador aguarda los últimos retoques. “Queremos cuidar a los proveedores locales y generar oportunidades para las comunidades donde se hace minería”, afirmó en su momento.

El proyecto establece que las empresas mineras deberán presentar dos planes obligatorios bajo declaración jurada: uno de empleo local y otro de desarrollo de proveedores sanjuaninos. En ambos casos, las metas serán progresivas y diferenciadas según la etapa del proyecto, desde exploración hasta explotación y cierre de mina.

Uno de los puntos centrales fija como objetivo alcanzar un 80% de contratación de trabajadores locales, incluyendo personal directo e indirecto vinculado al proyecto. Es un porcentaje que ya había sido adelantado por este diario en marzo. La norma aclara que no se trata solamente de operarios, sino también de técnicos, administrativos, profesionales y cargos jerárquicos. Además, las compañías deberán informar el detalle de género y residencia de cada trabajador, distinguiendo entre empleados de comunidades de influencia, del resto de San Juan, del país y del extranjero.

El texto incorpora requisitos estrictos para definir quién será considerado “trabajador local”. La persona deberá tener domicilio real en San Juan con una antigüedad mínima de 12 meses en el DNI y acreditar residencia efectiva mediante servicios públicos o certificaciones oficiales. También se exige idoneidad para el puesto requerido.

En paralelo, el proyecto crea un “Plan de Desarrollo de Proveedores Locales” que fija como meta llegar al 60% de compras y contrataciones de bienes y servicios con firmas sanjuaninas. Sin embargo, la redacción incluye una cláusula clave reclamada por el sector empresario: si determinado servicio o producto no existe en condiciones competitivas de precio, calidad o disponibilidad en la provincia, ese monto quedará excluido del cálculo obligatorio.

La iniciativa también crea el Registro Provincial de Proveedores Mineros (RE.PRO.MIN.), que funcionará como filtro oficial para categorizar empresas locales. Solo los proveedores inscriptos podrán computarse dentro de los porcentajes exigidos a las mineras.

A cambio del cumplimiento de las metas, el Gobierno ofrece beneficios fiscales. Las empresas que alcancen simultáneamente el 80% de empleo local y el 60% de compras sanjuaninas podrán acceder a certificados de crédito fiscal para cancelar impuestos provinciales. Incluso, una vez compensadas sus propias obligaciones tributarias, esos certificados podrán transferirse a terceros.

Otro aspecto fino del proyecto es que obliga a las compañías a transparentar procesos de contratación. Las mineras deberán comunicar oportunidades de compra, justificar técnicamente cuando contraten proveedores externos y detallar por qué una firma local no fue seleccionada. Además, la norma establece un orden de preferencia explícito: primero proveedores de municipios de influencia directa, luego de influencia indirecta, después del resto de San Juan, más tarde proveedores nacionales y finalmente extranjeros.

El borrador también incorpora criterios ambientales y sociales. Las empresas deberán priorizar proveedores con políticas de economía circular, reducción de huella de carbono, eficiencia hídrica y equidad laboral. Incluso se promueve la creación de clústeres tecnológicos, asociaciones empresarias y convenios con universidades y sindicatos para capacitación especializada.

En materia institucional, el Ministerio de Minería quedará como autoridad de aplicación con facultades para controlar el cumplimiento de los planes, supervisar reportes y aplicar sanciones. La reglamentación prevé esquemas diferenciados para pequeñas empresas y contempla excepciones en función de la etapa o volumen operativo de cada proyecto.

Otro punto relevante es que la futura ley reemplazaría las exigencias socioeconómicas actualmente incluidas en las Declaraciones de Impacto Ambiental. Es decir, las obligaciones de empleo y proveedores dejarían de discutirse dentro de los informes ambientales y pasarían a tener un marco legal específico.

En el oficialismo consideran que el esquema permitirá “institucionalizar” el desarrollo de proveedores sanjuaninos sin caer en mecanismos excesivamente intervencionistas. Por eso, puertas adentro del Gobierno hablan de una regulación mínima, aunque el texto final contiene objetivos cuantificables, controles administrativos y un sistema de incentivos y sanciones que marcará el vínculo entre minería y economía local durante los próximos años.

El proyecto también incorpora artículos con una redacción contundente que muestran el espíritu político de la iniciativa. En uno de sus apartados centrales, la norma sostiene que “el desarrollo de la actividad minera debe constituirse en un vector de crecimiento económico sostenible, promoviendo el arraigo territorial, el fortalecimiento del entramado productivo local y la generación de empleo privado formal de calidad” en San Juan.

Otro de los tramos del borrador al que accedió DIARIO DE CUYO señala que las empresas deberán “priorizar la contratación de mano de obra local idónea y la adquisición de bienes y servicios provistos por empresas radicadas en la provincia”, aunque aclara que esa obligación deberá respetar “criterios de eficiencia, competitividad, seguridad y sustentabilidad operativa”.

El texto también deja asentado que las compañías mineras tendrán que elaborar diagnósticos periódicos sobre “brechas de capacidades laborales y técnicas” detectadas en la provincia. A partir de allí, deberán ejecutar programas de formación y capacitación orientados a cubrir perfiles críticos que hoy no existen o son insuficientes en el mercado sanjuanino.

En materia de proveedores, la redacción incorpora un principio de “preferencia territorial escalonada”, mediante el cual las operadoras deberán justificar documentalmente cada contratación externa cuando exista oferta provincial disponible. Según el borrador, las mineras estarán obligadas a “fundar técnica y económicamente” los casos en los que un proveedor local quede fuera de una licitación o proceso de compra.

La iniciativa además plantea que el RE.PRO.MIN. no será solamente un padrón administrativo, sino también una herramienta de política económica. El registro permitirá “identificar capacidades instaladas, detectar déficits de competitividad y orientar programas públicos de asistencia técnica, financiera y tecnológica”.

En otro de los artículos, el proyecto enfatiza que el objetivo no es únicamente incrementar compras locales, sino “promover la diversificación de la matriz productiva provincial y evitar procesos de dependencia exclusiva respecto de la renta extractiva”. Esa frase aparece en el capítulo vinculado a sostenibilidad y desarrollo territorial.

La propuesta también introduce obligaciones de reporte bastante precisas. Las empresas deberán presentar información anual sobre: porcentaje de empleo local directo e indirecto; volumen de compras provinciales; distribución territorial de contrataciones; participación femenina; acciones de capacitación; programas comunitarios ejecutados; e indicadores ambientales y sociales asociados a la cadena de valor.

En el capítulo sancionatorio, el borrador establece que los incumplimientos podrán derivar en apercibimientos, multas económicas y hasta la suspensión temporal de beneficios promocionales. Incluso se prevé la posibilidad de excluir a empresas reincidentes de determinados programas de incentivo provincial.

Otro textual fuerte aparece en el apartado sobre desarrollo comunitario. Allí se indica que los proyectos deberán “generar impactos positivos sostenibles en las comunidades de influencia”, promoviendo inversiones en educación, infraestructura, salud, deporte y cultura “de manera coordinada con los planes estratégicos provinciales y municipales”.

La ley también deja abierta la puerta para que el Gobierno provincial reglamente esquemas diferenciales según la escala de cada proyecto minero. En ese punto, el borrador menciona que la autoridad de aplicación podrá “establecer criterios de gradualidad, razonabilidad y adecuación técnica” para evitar distorsiones sobre emprendimientos en etapas tempranas o de menor dimensión económica.

Uno de los artículos más observados por el sector empresario es el que habilita la transferibilidad de los certificados de crédito fiscal. La redacción indica que, una vez compensadas las obligaciones tributarias propias, “los certificados podrán ser cedidos total o parcialmente a terceros”, transformándolos prácticamente en un activo financiero dentro de la economía provincial.

Finalmente, el proyecto insiste varias veces sobre el concepto de “licencia social minera”. En sus fundamentos, la norma sostiene que la integración laboral y empresaria de las comunidades locales “fortalece la legitimidad social de la actividad extractiva y contribuye a una distribución más equitativa de los beneficios generados por la minería”.

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