La Cámara de Diputados se prepara para una discusión que puede tener efectos sobre buena parte del esquema de desregulación impulsado por Javier Milei desde el inicio de su gestión. Distintos bloques opositores solicitaron una sesión especial para el 15 de octubre con el objetivo de rechazar el DNU 70/2023, que modificó o derogó centenares de normas económicas, comerciales y administrativas.
El dato central es que el Senado ya había rechazado el decreto en marzo de 2024. Por eso, si Diputados también lo rechaza, quedaría cumplido el requisito de ambas cámaras previsto por la Ley 26.122. Esa norma establece que el rechazo de las dos cámaras implica la derogación del DNU y aclara que quedan a salvo los derechos adquiridos durante el tiempo en que estuvo vigente.
El escenario volvió a cobrar fuerza después del reciente fallo de la Corte Suprema sobre la Ley de Tierras, que dejó nuevamente vigente el artículo 154 del DNU que había eliminado los límites a la compra de campos por extranjeros. Ese episodio reactivó la ofensiva opositora contra el decreto completo.
La Ley de Tierras volvería al centro de la escena
Uno de los efectos más directos estaría sobre la Ley 26.737 de Tierras Rurales, derogada expresamente por el artículo 154 del DNU 70/2023. Esa normativa establecía un límite del 15% para la titularidad extranjera de tierras rurales, tanto a nivel nacional como provincial y departamental. También fijaba que personas o empresas de una misma nacionalidad no podían superar el 30% del cupo extranjero y limitaba a 1.000 hectáreas la propiedad de un mismo titular extranjero en la zona núcleo o su equivalente.
Si el decreto pierde vigencia, ese régimen podría recuperar efecto hacia adelante. Las operaciones realizadas durante los años en que el DNU estuvo vigente, sin embargo, no quedarían automáticamente anuladas: la Ley 26.122 protege los derechos adquiridos durante ese período.
Qué pasaría con los alquileres
Otra de las normas alcanzadas es la Ley 27.551 de Alquileres, que fue derogada por el artículo 249 del megadecreto. El DNU permitió que las partes pactaran libremente plazos, moneda, periodicidad y mecanismos de actualización de los contratos.
Un eventual rechazo en Diputados abriría el camino para que vuelva el régimen anterior, incluido el esquema de plazos mínimos y las reglas de actualización que regían antes de diciembre de 2023. En este punto también existiría una transición jurídica: los contratos firmados durante la vigencia del DNU están alcanzados por la protección a los derechos adquiridos.
Prepagas y obras sociales
El decreto también modificó el marco de la medicina prepaga y las obras sociales. Entre otros cambios, eliminó disposiciones que daban al Estado atribuciones de control sobre las cuotas y modificó las condiciones bajo las cuales las empresas podían establecer precios.
Si el DNU queda derogado, esas modificaciones quedarían bajo revisión y podrían recuperar vigencia las disposiciones anteriores de la Ley 26.682. No obstante, el impacto concreto dependerá también de normas y decisiones administrativas adoptadas posteriormente, por lo que no todos los cambios necesariamente se revertirían de manera automática.
Abastecimiento, Góndolas y Compre Argentino
El megadecreto derogó además varias herramientas de intervención estatal en los mercados. Entre ellas aparecen la Ley de Abastecimiento, la Ley de Góndolas y artículos centrales de la Ley de Compre Argentino.
La Ley de Abastecimiento permitía al Estado intervenir ante determinados problemas de oferta y comercialización. La Ley de Góndolas establecía reglas sobre la exhibición de productos en grandes supermercados, mientras que el régimen de Compre Argentino otorgaba preferencias a bienes y servicios nacionales en determinadas contrataciones públicas.
Si Diputados rechaza el DNU, esas normas podrían recuperar vigencia en los aspectos alcanzados por el decreto.
Cambios también en comercio exterior y transporte aéreo
El DNU introdujo modificaciones amplias sobre el Código Aduanero y quitó al Poder Ejecutivo determinadas facultades para establecer prohibiciones o cupos a importaciones y exportaciones por razones económicas. Una derogación devolvería vigencia a parte del marco anterior.
También quedarían bajo revisión las medidas que conformaron la denominada política de “cielos abiertos” para el transporte aerocomercial. En ese caso, el efecto podría ser menos inmediato porque durante estos años se aprobaron reglamentaciones y disposiciones complementarias, por lo que su eventual reversión podría requerir interpretación jurídica adicional.
La derogación no sería retroactiva
Ese es uno de los puntos centrales para entender qué podría ocurrir. El artículo 24 de la Ley 26.122 establece expresamente que, cuando ambas cámaras rechazan un DNU, la derogación opera hacia adelante y quedan a salvo los derechos adquiridos durante su vigencia.
Eso significa que un eventual rechazo del DNU 70/2023 no implicaría borrar automáticamente todas las operaciones, contratos o relaciones jurídicas generadas desde diciembre de 2023. Sí modificaría el marco normativo hacia el futuro, aunque en algunos sectores podrían surgir discusiones judiciales o administrativas sobre cómo implementar la transición.
Qué necesita la oposición para avanzar
La sesión especial fue solicitada para el 15 de octubre. Para comenzar el debate, la oposición necesita reunir 129 diputados para alcanzar el quórum. Según los cálculos difundidos hasta ahora, los bloques que impulsan la convocatoria cuentan con alrededor de 121 legisladores y continúan negociando apoyos entre fuerzas provinciales y sectores dialoguistas.
Si consigue abrir la sesión, el rechazo del decreto requiere la mayoría absoluta de los miembros presentes. Como el Senado ya votó en contra en 2024, una decisión equivalente de Diputados completaría el procedimiento previsto en la Ley 26.122 y el DNU 70/2023 perdería vigencia.