El pasado sábado comenzó la inscripción para la vacunación contra el COVID-19 de las personas desde los 18 años que desarrollan tareas consideradas esenciales y también para mayores de 40 años sin comorbilidades. La inoculación arrancará este martes y, a 20 horas, ya se inscribieron casi 32 mil personas de todos los departamentos de San Juan. 

Desde Salud Pública informaron que entre ambos grupos el total en la provincia alcanzó la cifra de 31.946 aspirantes a recibir la primera dosis. El informe detalló que 19.355 personas peretencen al grupo de 40 a 49 años sin comorbilidades y que 12.591 integran el grupo de trabajadores esenciales.

En cuanto al ranking de departamentos, Rawson fue el primero del podio, ya que aportó 6.217 personas en total, seguido de Capital (5.817) y Rivadavia (4.611)

Se puede inscribir los sanjuaninos de 40 a 49 años sin comorbilidades y los trabajadores esenciales en la página sisanjuan.gob.ar/vacunacionsanjuan, para obtener un turno y así recibir la primera dosis

Tareas consideradas esenciales durante la pandemia en la provincia de San Juan

Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.

Transporte público de pasajeros esenciales, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP; personal de estaciones de servicio.

Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.

Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones.

Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.

Personal de los servicios de justicia con atención al público, conforme establezcan las autoridades competentes.

Personas que deban asistir a otras con discapacidad y comorbilidades, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, a niñas o a adolescentes.

Personal de Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad de alimentos, higiene personal y limpieza. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.

Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.

Personal bancario con atención al público.

Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.

Personal de hoteles, restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, con servicios de reparto domiciliario.

Actividad minera de proceso continuo.

Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios, en los términos del artículo 3° de la Decisión Administrativa PEN N° 429/20.

Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.

Actividad registral nacional y provincial.

Personal de organismos de recaudación.

Servicios postales y de distribución de paquetería. El comercio por vía electrónica (e-commerce) en modalidad de entrega a domicilio o delivery.

Personal de servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.

Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial y municipal con atención al público. Autoridades de Gobierno nacional, provincial y municipal.

Requisitos:

Presentar DNI.

Constancia de turno.

Certificado de la entidad donde pertenece.