En un trámite exprés, como se esperaba, el proyecto de ley que modifica el Impuesto a las Ganancias obtuvo ayer dictamen de mayoría en una reunión de la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Senadores. Fue todo obra del interbloque oficialista del Frente de Todos que aportó las firmas para el dictamen. Así la iniciativa del ministro de Economía, Sergio Massa, quedó lista para ser debatida en el recinto de sesiones desde la semana que viene y se descarta la media sanción de la Cámara Alta para convertir en ley el proyecto ya que allí el FdT tiene asegurados los votos para aprobarlo.

El presidente del interbloque oficialista, el formoseño José Mayans, anticipó que la intención es sancionarlo el jueves que viene.

El proyecto, anunciado el 11 de septiembre por Massa, y que esta semana obtuvo la aprobación de Diputados, crea un nuevo impuesto sobre los ingresos a partir del equivalente a 15 salarios mínimos, vitales y móviles (SMVM) al mes, con una alícuota progresiva sobre el excedente que va de 27% a 35% y se actualiza con el valor del SMVM dos veces por año.

A partir de los 15 SMVN mensuales se deberá pagar un 27% sobre el excedente; entre más de 15 y 36 salarios mínimos, se pagará el equivalente a 3,2 SMVM más un 29% sobre el excedente; entre más de 36 y 60 salarios mínimos, se pagará 10,20 SMVM más un 31% sobre el excedente; entre más de 60 y 84 salarios mínimos, se pagará 17,64 SMVM más un 33% sobre el excedente y para más de 84 salarios mínimos, se pagará 25,56 SMVM más un 35% sobre el excedente. Además, quienes obtengan los mayores ingresos tendrán derecho a deducir únicamente, en concepto de mínimo no imponible, la suma equivalente a 180 salarios mínimos, es decir 15 SMVM al mes. De esta forma, sólo pagarán el impuesto 88.000 contribuyentes, lo que representa menos de 1% del total de las remuneraciones, jubilaciones y pensiones, "quedando así alcanzados únicamente los mayores ingresos del trabajo en relación de dependencia y las jubilaciones de privilegio".

El proyecto también determina que se deberá considerar al comienzo del periodo fiscal el valor del SMVM vigente al 1 de enero de ese año, el cual se actualizará el 1 de julio de cada año fiscal.

Las retenciones realizadas sobre los mayores ingresos netos percibidos durante el primer semestre del año fiscal se ajustarán considerando el valor del SMVM vigente en julio. Cuando se trate de empleados en relación de dependencia que trabajen y jubilados y pensionados que vivan en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego y el partido de Patagones en la de Buenos Aires, el mínimo no imponible se incrementará en un 22%.

Juntos por el Cambio rechazó el proyecto en comisiones. En este sentido, el senador radical, Víctor Zimmermann, vicepresidente de la Comisión de Presupuesto, dijo que compartía que "se desgrave el salario, porque no es Ganancia, pero advirtió que la bancada opositora votará en contra porque "nadie dice cómo se compensarán estos fondos que son coparticipables". "Según los números, se habla de una caída de la recaudación de entre 1,3 y 1,6 billones de pesos. En Chaco, solamente, significa una pérdida de la recaudación de 75 mil millones de pesos", enumeró.

> Dictamen y revisión para créditos UVA

El proyecto de ley venido en revisión de la Cámara de Diputados para atender la situación de los tomadores de créditos hipotecarios UVA obtuvo dictamen ayer en la Comisión de Presupuesto y Hacienda del Senado, por lo que podría ser tratado en sesión desde la semana que viene. No obstante, a instancias del oficialismo, la iniciativa recibirá algunos cambios por lo que, de ser aprobada en el recinto, deberá volver a la Cámara baja en segunda revisión.

La iniciativa promueve atender la situación de los tomadores de créditos hipotecarios UVA, en base al planteo de que la cuota a abonar no deberá superar el 30% de los ingresos de los deudores, a lo que se agrega la suspensión de los desalojos por un plazo de un año.

En principio, se dejan sin efecto las cláusulas de ajuste UVA-UVI para todos los préstamos que tengan por destino adquisición de vivienda única y se las sustituye por un mecanismo de indexación por el Índice de Salario que publica el Indec. Además, se ordena la realización de nuevos mutuos, proponiendo una novación (la transformación de una obligación en otra) en la que el capital debe retrotraerse al 31 de agosto de 2019 sobre el cual hay que restarle las porciones de capital que están contenidas en las cuotas que se hayan abonado entre esa fecha y la fecha del mutuo nuevo. A partir de allí se ajusta por el índice de salarios con más interés del 3,5% nominal anual. Además, el recálculo que deben hacer para novación las entidades financieras debe ser con fecha de 1 de septiembre de 2023: todos los cálculos para el nuevo crédito deben ser con esta fecha. Además, en el caso de que la relación cuota ingreso no calce en el 30% de los ingresos del tomador del crédito y los bancos deben establecer métodos para llegar a un acuerdo.