La Comisión Nacional de Valores (CNV) estableció nuevos plazos para las operaciones de compra y venta de títulos públicos en moneda extranjera a fin de "reducir la volatilidad financiera". Con la Resolución General 969 que será publicada hoy en el Boletín Oficial, la CNV dispuso las condiciones por las cuales los agentes podrán dar curso a órdenes para concertar operaciones de compra de bonos soberanos denominados y pagaderos en dólares con liquidación en moneda extranjera, en el segmento de concurrencia de ofertas con prioridad precio tiempo y en los plazos de liquidación de contado inmediato o de contado 24 horas.

La normativa precisa que sólo se podrá dar curso "si durante los 15 días corridos anteriores, el cliente no concretó operaciones de venta de bonos denominados y pagaderos en dólares estadounidenses emitidos por la República Argentina bajo ley local o extranjera, con liquidación en moneda extranjera, en el segmento de concurrencia de ofertas con prioridad precio tiempo". Asimismo, agrega que debe existir "manifestación fehaciente de no hacerlo en los 15 días corridos subsiguientes".

La norma incluye en la operatoria "a cada subcuenta comitente y para el conjunto de subcuentas comitentes de las que fuera titular o cotitular un mismo sujeto y comenzarán a regir a partir de la entrada en vigencia de la Resolución General 962 y la 969.

La conversión entre acciones ordinarias y Certificados de Depósito Argentino o ADR (American Depositary Receipts), cualquiera sea el sentido de la conversión, también será considerada como una transferencia de valores negociables desde o hacia entidades depositarias del exterior.

Finalmente, la CNV verificará "el cumplimiento de dicho límite para el conjunto de subcuentas comitentes de las que fuera titular o cotitular un mismo sujeto".