El Gobierno aprobó ayer la reglamentación de la Ley Nº 27.705 que establece un plan de pago previsional para las personas que tienen la edad para acceder la jubilación pero no poseen 30 años de aportes, en el que determinan que para poder ingresar al mismo deben cumplir determinados parámetros de ingresos y bienes declarados, y que no podrán acceder a la compra de "dólar ahorro" o dólares bursátiles.

La normativa fue dispuesta mediante el Decreto 173/2023, publicado en el Boletín Oficial y, según informó ayer la Anses, ya se encuentran habilitados los turnos para realizar el trámite en las oficinas del organismo a través de su sitio web.

En base a lo que establece la reglamentación publicada ayer, la Anses será la encargada de establecer los parámetros para el acceso a la moratoria, tomando en cuenta tanto la cantidad de meses necesarios como los aspectos patrimoniales y socioeconómicos del solicitante, y para ello tomará sus bases de datos con las suministradas por la AFIP y otros organismos.

AUTOS Y GASTOS CON TARJETA

En ese sentido, se tomarán en cuenta los ingresos brutos anuales del solicitante y su manifestación patrimonial en sus declaraciones juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales, la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios, la Administración Nacional de Aviación Civil y las embarcaciones informadas por la Prefectura Naval Argentina. También serán tenidos en cuenta los gastos efectuados con tarjetas de crédito y débito.

En el caso de exceder alguno de estos parámetros, se podrá acceder a la moratoria pero en un solo pago, que no será deducible del haber previsional. Es decir, que habrá que pagar antes de obtener el beneficio.

A todas estas condicionalidades, la reglamentación de ayer ratificó, en su artículo 2°, que las personas que quieran ingresar en la moratoria para personas en edad de jubilación no podrán acceder al mercado de cambios para obtener divisas por un plazo de 12 meses a partir de la fecha de solicitud "conforme lo establezcan las normas aclaratorias y complementarias".

Dicha medida ratifica la decisión del Directorio del Banco Central que definió que las personas que acceden tanto a la nueva moratoria como las que están cursando un plan de pagos para acceder a una jubilación no podrán acceder a la compra de dólar ahorro ni de dólar bursátil (MEP o CCL).

EDAD, CUOTAS Y BASE IMPONIBLE

Para acceder, será necesario cumplir con la edad jubilatoria (60 años para mujeres y 65 para hombres) o que se llegue a la misma dentro del plazo de dos años desde la entrada en vigencia de la norma.

Los periodos a incluir en el plan comprenderán lapsos que sean anteriores a diciembre de 2008 inclusive, teniendo como requisito tener 18 años en el momento del periodo más antiguo que se declara como adeudado.

El valor de la Unidad de Pago, es decir, de cada mes de aporte que se quiera saldar, será equivalente al 29% de la base mínima imponible de la remuneración, que podrán cancelarse en un máximo de 120 cuotas mensuales.

La base mínima actual es de $19.758,21, por lo que las cuotas mínimas rondarán los $5.729,88 mensuales. A su vez, las cuotas no podrán ser superiores al 30% de la jubilación mínima (de $58.665 actualmente), por lo que no excederán los $17.599.

El valor de las cuotas dependerá de la cantidad de años de aportes que falten acreditar, y se actualizará según los aumentos trimestrales previstos por la Ley de Movilidad. Las mismas serán descontadas por Anses de manera directa del haber jubilatorio.

El trámite para ingresar al plan ya se encuentra disponible en www.anses.gob.ar.

Otra sigue vigente
Aunque ya rige la nueva ley de moratoria (27.705), seguirá vigente la moratoria prevista por la Ley 24.476 para aportes realizados hasta el 30 de septiembre de 1993, con un plan de hasta 60 cuotas, al igual que la Prestación Universal para el Adulto Mayor (PUAM) -con una haber equivalente al 80% de la jubilación mínima- para personas mayores de 65 años que no cumplan con los requisitos de las moratorias.

> También para los que les faltan años

Esta ley también está dirigida a trabajadores en actividad que no cuenten con 30 años de aportes, pero que todavía no cumplieron con la edad jubilatoria, siendo requisito ser mayores de 50 años para mujeres y 55 para hombres. A diferencia de la moratoria para aportantes en edad de jubilación, esta no tiene un plazo determinado para adherirse y permitirá cancelar aportes comprendidos hasta el 31 de marzo de 2012. Este plan no permite la jubilación inmediata pero sí habita a ir saldando aportes no cumplidos en su momento, para llegar a la edad de retiro en mejores condiciones para pedir la jubilación.

Ambos esquemas son incompatibles con cualquier otra prestación previsional contributiva o no contributiva, además de los planes sociales de naturaleza sociolaboral. En el caso de tener tal incompatibilidad, el solicitante deberá dar de baja dicha prestación para acceder a la moratoria.