La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este viernes el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional un test rápido de Covid-19. También retiró del mercado un aparato de electrodos, un aceite de girasol y un medicamento por diferentes irregularidades en su rotulado o por ser productos falsificados.
A través de la disposición 8209/2021, el organismo prohibió el “uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de las unidades ilegítimas” de la prueba de coronavirus fabricada por la empresa Hangzhou Immuno Biotech CO LTD., con sede en China, bajo la dirección técnica de Natalia Vanina Panzero, cuya Matrícula Nacional es 16.281/202006T02.
A partir de una denuncia realizada por el presidente de la Cámara Argentina de Reactivos para Diagnóstico (CAPRODI) porque uno de estos productos no contaba “con datos de registro, importador, lote y vencimiento, entre otra información”, se le dio intervención al Departamento de Tecnovigilancia, quien confirmó que la firma ASSERCA S.R.L., ubicada en la calle Yerua al 4975, en la Ciudad de Buenos Aires, es la empresa que tiene la titularidad a nivel local de las pruebas fabricadas por Hangzhou Immuno Biotech.
El personal de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud “afirmó que el producto exhibido por ANMAT es falsificado” y precisaron que: “Entre las diferencias que se pudieron apreciar, la unidad original se distribuye en presentación por veinte unidades, que incluyen veinte pouch con la tira reactiva, un frasco buffer para ser utilizado con las veinte tiras reactivas y veinte pipetas y posee un instructivo de uso; mientras que la muestra falsificada se encuentra usada, no posee buffer, pipeta ni pouch”.
"Desde el punto de vista sanitario se trata de un producto falsificado y que se desconoce su efectivo origen y composición, situación que resulta en un riesgo para la salud de quienes pudieran utilizarlo con fines diagnósticos”, señaló la ANMAT.
Por otro lado, a través de la Disposición 8212/2021, también publicada hoy en el Boletín Oficial, el organismo retiró del mercado el electrodo para la estimulación endocárdica de la marca Tendril STS, un un introductor de catéter de la firma Peel Away y un marcapasos cardiaco implantable de la compañía Endurity Core.
La Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud informó que la firma ST Jude Medical Argentina SA “denunció el robo de un marcapasos de su titularidad y accesorios en ocasión de su traslado hacia un hospital de la localidad de José C. Paz, provincia de Buenos Aires”.
En el informe se detalló que todos estos elementos se encontraban aprobados por la ANMAT, identificados unívocamente mediante un número de serie e incorporados en el Sistema Nacional de Trazabilidad, por determinaron que se trata de productos “robados”.
“A fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios de los productos involucrados, la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de productos para la Salud sugirió prohibir el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de los productos identificados”, afirmó el texto.
Asimismo, en la Disposición 8213/2021, el organismo prohibió el Aceite de girasol marca Óleos por no contar con la autorización de establecimiento y de producto, y estar falsamente rotulado.
La Dirección de Industrias y Productos Alimenticios (DIPA) de la provincia de Buenos Aires constató “que el RNE se encuentra vencido desde el 30/05/2021, sin registrarse a la fecha tramite de renovación”, y que el RNPA es “inexistente”.
La Dirección de Bromatología de la municipalidad de la Paz, provincia de Entre Ríos, informó la comercialización en diferentes establecimientos del tipo almacén y productos dietéticos.