La Justicia de la ciudad de Buenos Aires ordenó a una empresa de alarmas a pagar una multa de 30 mil pesos a un cliente que contrató sus servicios y sufrió un robo porque la firma prometía en un folleto una “tranquilidad de sentirse protegido, las 24 horas del día”.

En el fallo, la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario validó una multa que había sido impuesta por la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor porteña a raíz del incumplimiento de la seguridad prometida en el folleto, publica Clarín.

“Cuando usted se conecta al servicio de alarmas monitoreadas de Prosegur Activa, puede disfrutar la tranquilidad de sentirse protegido, las 24 hs. del día, los 365 días del año…”, decía el volante.

El cliente que contrató los servicios sufrió el robo en el año 2012 y tras ello inició el reclamo contra la empresa.

La Cámara rechazó el recurso interpuesto por la empresa de alarmas y basó la multa en la disposición DI-2015-543-DGDYPC dictada por Defensa del Consumidor: "Las precisiones formuladas en la publicidad o en anuncios, prospectos, circulares u otros medios de difusión se tienen por incluidas en el contrato con el consumidor y obligan al oferente".

Desde Prosegur indicaron a Clarín que se trató de un caso "aislado y puntual, dentro de una gran mayoría de clientes conformes con el servicio". Y agregaron: “Al cliente se le ofreció la posibilidad de contratar la tecnología de comunicación alternativa (GPRS), pero el cliente no quiso contratarla. Y en el contrato fueron debidamente explicados los alcances y limitaciones del servicio contratado". La empresa además señaló que actualmente, "la mayoría de los clientes contrata este sistema de comunicación alternativo, que robustece la confiabilidad del sistema”.