"El sufrimiento sólo es intolerable cuando a nadie le importa". Así repetía la prestigiosa enfermera y médica inglesa Cicely Saunders (1918-2005), pionera de los cuidados paliativos modernos. Consciente de las falencias de los hospitales para "cuidar" enfermos terminales, creó el movimiento "hospice" a partir del concepto de cuidado humanizado al final de la vida. Los cuidados y acompañamiento a enfermos incurables como a sus familias que dieron lugar a estos Centros, son el antecedente de los cuidados paliativos. Destinados a ser más soportables los padecimientos, los cuidados paliativos son programas de tratamientos dirigidos a aliviar los síntomas insoportables en la etapa terminal, con medidas tales como alimentación, hidratación, suministro de analgésicos, ayuda a la respiración, curas mínimas, higiene, cambios posturales, monitoreo de los signos clínicos, etc. Alejados del ensañamiento terapéutico como de la eutanasia, los cuidados paliativos, se dan en un contexto a favor de vivir y morir con dignidad. De hecho, la Dra. Saunders se opuso enfáticamente a la eutanasia.
UNA LEY EQUILIBRADA Y CON CONSENSO
El pasado 6 de julio fue sancionada la ley N° 27678 de "Acceso de los pacientes a las prestaciones integrales sobre cuidados paliativos, en el ámbito público, privado y de la seguridad social y al acompañamiento a sus familias". El Programa está destinado a pacientes con enfermedades crónicas o degenerativas o en aquellas que transiten la etapa final de su vida (art. 1) Su objetivo es paliar el sufrimiento de estos pacientes, brindando la mejor calidad de vida posible al mismo y a sus familias (art.2) La implementación de los cuidados paliativos puede darse tanto en los centros de salud, públicos y privados, como en el domicilio del paciente, según prescripción médica (art. 6).
Celebramos la sanción de esta ley porque es fruto de un amplio consenso en Diputados (218 votos afirmativos, 1 negativo y 0 abstenciones) Es auspicioso el consenso logrado, porque en la base de los cuidados paliativos subyace la idea de que la persona importa, e importa hasta el final. Celebramos también porque promueve la humanización del proceso de morir. Debemos dejar de ver la muerte como la absoluta negación de la vida, carente de significación. La muerte puede ser una experiencia positiva, a la que, según la médica inglesa, todos tendríamos derecho: el derecho a morir con dignidad. Pero lo más importante es el sustento bioético de la ley citada: el Programa propende a afirmar la vida, sin intentar acelerar la muerte (art. 3, inc. b y c) La ley se aleja así de la eutanasia, pero también de la crueldad del ensañamiento terapéutico, al prever el derecho del paciente a rechazar procedimientos quirúrgicos o de reanimación artificial, cuando sean desproporcionadas en relación con la perspectiva de mejoría o le produzcan un sufrimiento desmesurado (art. 7) La norma prevé también el acompañamiento e información que debe recibir la familia del paciente internado en las unidades de terapia intensiva (art.8)
Ahora bien, la correcta aplicación del Programa precisa algunos pasos previos: -La adhesión de la provincia a la ley; -el acompañamiento de las universidades en la formación de los futuros profesionales desde esta perspectiva más humanizante del proceso de morir; y -políticas de sostén, humano y psicológico, al profesional sanitario que lidia diariamente con la cercanía de la muerte. Como decía Galeno, apodado el Príncipe de los Médicos (130 d.C.- 216): "Benditos sean aquellos que tratan el dolor".
Por Miryan Andújar
Abogada, docente e investigadora
Instituto de Bioética de la UCCuyo
